El ministro García Plaza asegura que con esta publicación se busca ser más competitivos con otros países, en cuanto a tarifas de boletos
Por Gaceta Oficial Nº 40.432, se dictó las Condiciones Generales para el Sistema Tarifario de Venta de los Boletos, relativas al Servicio Público de Transporte por Vía Aérea de Pasajeros, Cargas y Correo por separado o combinado, realizado por Transportistas Aéreos Extranjeros que operen desde y hacia el territorio venezolano.
Hébert García Plaza, ministro de Transporte Acuático y Aéreo, aseguró este jueves en una reunión con representante de las aerolíneas internacionales que se publicaría un arreglo para establecer los parámetros del ajuste de las tarifas de los boletos aéreos, reseña la web LaPatilla.
“Hablamos sobre el ajuste de tarifas a dólares. Próximamente saldrá una providencia para establecer los parámetros de este cambio, señaló por su cuenta de Twitter @HGarciaPlaza.
El Ministro también agregó que una vez publicado el acomodo, las aerolíneas tendrán cinco días hábiles para presentar sus tarifas al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, para su aprobación.
El Estado requerirá a los prestadores de servicios aéreos extranjeros, que operen desde y hacia el territorio nacional, las tarifas con un plazo de treinta días continuos, previos a la fecha de ejecución, con la información relacionada el precio de venta y los siguientes puntos:
-Punto de origen y destino de la operación.
–Clases tarifarias (Primera Clase, Ejecutiva, Económica y sus Subclases).
–Designador tarifario.
-Tipo de viaje: Ida y vuelta o solo día.
-Número de asientos disponibles en cada clase tarifada, clasificados y justificados por operación y por equipo.
-Millas recorridas desde el punto de origen hasta el punto de destino.
–Precio de venta incluyendo tasas aeroportuarias e impuestos.
-Condiciones y restricciones de venta presentadas por el transportista aéreo extranjero para cada clase y subclase tarifa y aprobadas por la autoridad aeronáutica.