El Tribunal Supremo de Justicia aprobó lo que sería una visible violación de la Constitución Bolivariana de 1999
La Sala Constitucional dictaminó que “la participación de los integrantes de la Fuerza Armada Nacional (FAN) en actos con fines políticos no constituye un menoscabo a su profesionalidad”, esto como respuesta a un recurso introducido por la ministra de la Defensa, Carmen Meléndez, para que los miembros de la institución militar asistieran a una junta organizada por el PSUV.
Esta decisión contradice el artículo 330 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, el cual les prohíbe expresamente a los militares “participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.
El veredicto también desconoce lo escrito en el 328, según el cual la “Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política… al servicio exclusivo de la nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna”.
Fernando Ochoa, exministro de la Defensa, cree que el dictamen da entrada a la subordinación total de la institución castrense al partido de Gobierno ya que ningún militar activo irá a un mitin de la oposición.
“Van a ir a los mítines del Gobierno y eso va a tener consecuencias nefastas en la FAN”, aseguró Ochoa.
Cuando las fuerzas armadas se politizan, el sentido profesional de la oficialidad pierde su razón de ser y los ascenso dejan de estar signados por el mérito personal, los estudios o la hoja de servicios y pasan a depender dela vinculación política, según el Exministro de Defensa.
“En un sistema donde los militares se subordinan al partido de Gobierno, no es posible que haya una alternativa republicana. En la única parte donde las Fuerzas Armadas son parciales es en los regímenes totalitarios”, afirmó Ochoa.