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Comité de Tortura de la ONU: Defensoría del Pueblo parece no ser independiente

La aprobación de la Ley contra la Tortura fue saludada por las Naciones Unidas. Sin embargo, en esa instancia consideran que ese instrumento debe ser ajustado porque «presenta carencias» tales como que «sólo se aplica cuando las víctimas están bajo la custodia del funcionario público» o no castiga que «funcionarios públicos (…) hayan instigado o consentido actos de tortura infligidos por personas naturales».


El artículo 17 de esa norma castiga con hasta 25 años de cárcel, e igual de inhabilitación, al policía, militar, fiscal o juez que lesione a una persona para intimidarla, castigarla o lograr que confiese, informa El Universal.

La recomendación la formuló el Comité contra la Tortura en el informe con el que dio por cerrada la evaluación a la que el mes pasado se sometió Venezuela por esta materia; y en el cual también expresó «su preocupación» por la escasa información que recibió de las autoridades en tópicos como el relacionado a las sanciones impuestas a torturadores.

En el reporte, de 11 páginas, la instancia se mostró alarmada por el hecho de que el Ministerio Público admitiera que de las 31.096 denuncias de violaciones a los derechos humanos (ajusticiamientos, desapariciones forzadas y otros abusos) que recibió entre 2011 y 2014, apenas 3,10% terminó ante un juez. Pero en particular le sorprendió que esa información no incluyera «datos actualizados sobre las sentencias y penas impuestas».

Las autoridades solo informaron al Comité que entre 2003 y 2011, 12 funcionarios fueron condenados por tortura.

El Comité también manifestó su «inquietud por el hecho de que la Defensoría del Pueblo parece carecer del grado de independencia necesario para ser la institución nacional responsable de investigar las denuncias de tortura».