En juicios políticos, la pre-sentencia o fallo anticipado se acompaña de proclamas revolucionarias y demostraciones del sacrificio patriótico
Gustavo Luis Carrera
La pregunta que da título en esta ocasión puede parecer inútil a las mentes muy informadas en cuestiones judiciales; pero, lamentablemente, hay que plantearla y escudriñarla, porque el uso común, extendido a los medios, y manipulado por intereses poderosos, tiende a hacer creer que todo acusado es un culpable.
ACUSADO. El acusado es el imputado de haber cometido una infracción a las leyes. Es decir, es el supuesto responsable de un delito. Y aquí, lo de “supuesto” es un principio judicial. Se es supuesto, hipotético, posible responsable del hecho del cual se es acusado. Y será solamente, como resultado de una probatoria, de un conjunto de pruebas evidentes o irrebatibles, cuando se podrá sostener la acusación. Por último, el juez evaluador sopesará los pro y los contra del caso, y emitirá su resolución o veredicto sobre la culpabilidad o la no culpabilidad del acusado. Este es el largo camino que media entre la condición de acusado y la de culpable. En resguardo de este proceso, en el mundo civilizado y democrático rige el principio universal: “Se es inocente hasta que se demuestre la culpabilidad”.
CULPABLE. Culpable, responsable del hecho ilegal, perpetrador del delito, ejecutor de la falta, criminal; hay muchas maneras de denominar a quien resulte responsable de una acusación, Pero, acusar es una virtualidad, una hipótesis, una posibilidad, que apunta hacia alguien como supuesto responsable de algo. Y esa suposición tiene que convertirse en evidencia convincente, incontrovertible, para hacer de un acusado un culpable. Porque, acusar sin pruebas, es una difamación.
¿EL ACUSADO ES CULPABLE DE ANTEMANO SEGÚN QUIEN LO ACUSE? Hay dos principios básicos que no deben olvidarse nunca. Se expresan de modo incontrovertible. El primero: denunciar un delito público puede ser convertido en un delito privado. El segundo: enfrentar la ley puede ser el preludio de su golpe de sable. Son dos apotegmas que conviene explorar, antes de responder la pregunta anterior.
Como quiera que sea, la pregunta es válida; y es más, su repuesta está, precisamente, validada por la experiencia. Sí, el peso específico del poder económico o/y político del acusador inclina a su favor la voluble y venal balanza de la justicia. Y aún: en este caso, basta la acusación para demostrar la culpabilidad, que es declarada, entre celebraciones y frases de patriotismo de almanaque publicitario, por jueces de todos los niveles, hasta la redituable raza de los magistrados supremos. En juicios penales esto es materia cotidiana, que comúnmente pasa por debajo de la mesa de los medios. En juicios políticos, la pre-sentencia o fallo anticipado se acompaña de proclamas revolucionarias y demostraciones del sacrificio patriótico, en favor de su amado pueblo, que hacen jueces y magistrados al sancionar al acusado; que debe ser culpable, dada la valía excepcional y la autoridad ejecutiva de la fuente acusadora. Así, además, se le ahorra al Estado el gasto superfluo de un juicio, también superfluo por innecesario. ¡El acusado por el gobierno es automáticamente culpable!
VÁLVULA: “De que se trata de un mal muy antiguo, pueden dar fe las palabras del sensitivo filósofo y religioso francés, Pascal, en pleno siglo XVII: “¡Extraño celo éste, que se irrita contra quienes acusan las faltas públicas, y no contra los que las cometen!”…¿Siglo XVII o siglo XXI?”.