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Infraestructura para limitar uso de celulares en cárceles costaría menos que una camioneta

Este martes se realizó la primera discusión del proyecto de ley que limita el uso de celulares e Internet en los centros penitenciarios. Varios aspectos destacan, entre ellos los montos necesarios para implementar el proyecto


 

Gabriela González

A pesar de haberse aprobado muy rápidamente, dada la hora y lo extensa de la sesión —pues se discutió casi seis horas después de haber iniciado la jornada—, el proyecto de Ley para Limitar el uso de celulares en centros penitenciarios se aprobó de forma unánime.

Pese a la unanimidad no existen cifras o informes oficiales —o no se conocen— sobre cuántos celulares y computadoras existen en los centros penitenciarios, pese a que la tecnología pudiera determinarlo, a través del rastreo de señales y direcciones IP.

Cifras extraoficiales ubican en 95% los delitos de secuestro que son organizados u orquestados desde alguna cárcel. Incluso hay testimonios de personas que aseguran que han tenido que buscar las llaves de sus vehículos robados en algún centro penitenciario.

Aunque los proponentes del proyecto de ley dejaron claro que no se pretende menoscabar el derecho a la comunicación de los reclusos, sí fueron enfáticos en que se busca evitar que los penales sean centros de organización de delitos como secuestros y extorsiones.

No obstante, llama la atención que el costo económico de la implementación del proyecto resulta bajo, en comparación a la escalada inflacionaria de los precios de bienes y servicios.

Por otra parte, destacó la ausencia de la ministra de Asuntos Penitenciarios, Iris Varela, que fue invitada a comparecer en dos oportunidades ante la comisión permanente de Culto y Régimen Penitenciario. A ninguna de las dos asistió, excusándose con diferentes motivos.

Cifras

Este proyecto de ley, que pretende desarticular a las bandas delictivas que operan desde las cárceles, prevé instalar equipos bloqueadores de señal así como instalar teléfonos públicos en los que, antes de cada llamada, suene una grabación que indique el nombre del penal.

El gasto no recurrente de este proyecto de ley se estima en nueve millones cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos cuatro bolívares con ocho céntimos (Bs. 9.472.604,8). De estos, ocho millones ochocientos ocho mil (Bs. 8.808.000) representan el costo de los equipos de bloqueo de señales. Este monto es el equivalente al 0,000569% de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2016.

Los seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuatro bolívares restantes (664,604) serían el monto estimado para la instalación de teléfonos públicos fijos.

Aquí, estima el proyecto, se hablaría de 10 unidades basadas en el 1% de la población reclusa que maneja el ministerio como cifra oficial.

En cuanto al gasto recurrente, este asciende a treinta y dos millones trescientos ochenta y cuatro mil setenta y un bolívares (Bs. 32.384.071).

Este monto se divide en la actualización, adquisición e instalación de software, el cual se ubica en trece millones setecientos cincuenta mil trescientos veinticinco bolívares (Bs. 13.750.325), es decir, un 0,00089% del presupuesto del Ejercicio Fiscal de 2016.

Para el personal calificado, entiéndase técnicos, se destina un monto en el proyecto de ley de dieciocho millones seiscientos treinta y tres mil setecientos cuarenta y seis bolívares (Bs. 18.633.746). El proyecto de ley estima que haya dos técnicos por cada centro penitenciario, es decir, se estaría hablando de 50.

Así, el proyecto de ley representaría un impacto económico de cuarenta y un millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cinco bolívares con ochenta y un céntimos (41.856.675,81). Menos de lo que se pagaría en el mercado especulativo de vehículos por una camioneta del año y cerca de lo que cuesta un apartamento de 65 metros cuadrados y dos habitaciones en Parque Caiza.

A estos números hay que agregar el gasto por concepto de “comunicación externa para la formación educativa” y “la capacitación para el trabajo de os privados de libertad así como la comunicación del personal de los recintos carcelarios”, que ascienden a cincuenta y ocho millones setecientos diez mil cuarenta (58.710.040) por conceptos de teléfonos y Bs. 3.500.000.000 por concepto de servicios de comunicaciones.

De acuerdo al informe de impacto económico y presupuestario que acompaña al proyecto de ley, al ministerio de Asuntos Penitenciarios se le asignó vía presupuesto Bs. 6.751.670.000, que representan 0,084% del PIB presupuestado y un 0,44% de la Ley de presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2016.

Sanciones penales y pecuniarias

El proyecto de ley estable dos tipos de sanciones penales para quienes violen el ordenamiento jurídico. El artículo 13 del referido proyecto establece que aquellas personas que “introduzcan o faciliten teléfonos celulares u otros equipos tecnológicos” a los reclusos, serán sancionados con prisión de tres a cinco años.

Mientras que el artículo 14 establece penas que van de cuatro a ocho años de prisión para aquellas personas que “dañen, apague u obstruya de alguna forma” el funcionamiento de equipos. La pena alcanzará el mayor tiempo (ocho años) si la persona fuese funcionario público.

El artículo 15, por su parte, establece sanciones pecuniarias que van de 2.000 a 5.000 Unidades Tributarias a las personas jurídicas que “instalen redes alámbricas destinadas a prestar servicios de voz y datos para la comunicación de reclusos”. Estas multas serían aplicadas por Conatel.

De cara a la segunda discusión de este proyecto de ley se designo una comisión especial integrada por diputados pertenecientes a las comisiones permanentes de Política Interior y Cultos y Régimen Penitenciario.