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Nudismo y abogacía

El cacheo o desnudo integral de letrados, además de innecesario constituye atentado contra el derecho de los detenidos


OE

La práctica ha sido implantada en la llamada Revolución. Me refiero a la imposición a los abogados, de desnudarse y ser sometidos a un cacheo integral, en los centros penitenciarios, antes y después, de reunirse con sus defendidos.

El célebre juez Garzón no fue removido de la Audiencia Nacional de España por solicitar y recibirle coimas a uno de sus justiciables, el banquero Emilio Botín, en específico. Lo defenestraron por interferencias menos graves al derecho que tiene todo privado de libertad a la libre comunicación con sus defensores (caso: Gürtel).

Si el quebrantamiento de los derechos fundamentales de unos presuntos criminales muy peligrosos acarreó la remoción de un magistrado universalmente famoso, las reincidencias de los carceleros de Leopoldo López – me refiero a ustedes, chafarotes de la cárcel de Ramo Verde- los conducirán a alguno de los reclusorios, con pocas posibilidades de retorno, de la Corte Penal de La Haya.

No les ha sido suficiente desnudar, para vejarlas, a la mujer y a la madre de López. La semana pasada conminaron al jurista Gustavo Velásquez a despojarse de su vestimenta, a cambio de la posibilidad de comunicarse con López.

En tal materia, nada prevé al respecto, esa butifarra normativa que lleva el remoquete de Constitución Bolivariana, que ni siquiera redactaron venezolanos, sino unos tarifados de la Universidad de Valencia, España. Nuestra Ley de Régimen Penitenciario tampoco resuelve tal especie de situaciones.

Sin embargo, principios internacionales suplen ese vacío. Las Normas Generales para Abogados (NN UU, 28 agosto a 7 de septiembre de 1990) y los precedentes sentados por la Corte Europea de DDHH (caso: Wisse vs. Francia, del 20/12/2005; caso: PG y GH vs. Reino Unido, Numero 44787), entre otros, establecen: la comunicación entre detenido y abogado no puede sufrir interferencias de ningún tipo; las autoridades deben proveer en los centros penitenciarios de lugares especiales donde pueda ejercerse tal comunicación, por lo que el cacheo o desnudo integral de letrados, además de innecesario constituye atentado contra el derecho de los detenidos a contar con una abogacía libre y el derecho de los defensores a actuar a salvo de restricciones.

El desnudo de uno de los defensores del disidente Leopoldo López, puede responder a diversos factores. Sevicia, anhelo que el castigo trascienda la persona del detenido o alguna perversión propia de gimnasios y cuarteles. Mucha tela qué cortar, por Freud, Adler y sus etcéteras, sobre la pretendida virilidad de los jefes Ramo Verde. Y de los jefes de tales jefes, también.