El economista Rodrigo Peraza destaca que no hay datos sobre cómo va la ejecución del presupuesto de este año
Enrique Meléndez
El economista Rodrigo Peraza considera que el proyecto de Presupuesto 2017 aún no ha sido aprobado, porque no ha cumplido con las pautas legales previstas en la Constitución y en la ley de administración financiera. “En consecuencia, estamos en presencia de un Presupuesto 2017 reconducido, para lo cual el mismo artículo 41 de la Ley establece los ajustes pertinentes tanto por el lado de los recursos como de los egresos”, expresa el también profesor de la Escuela de Economía de la UCV e investigador del Área de Desarrollo Económico del Cendes.
¿Qué piensa sobre la forma como fue aprobado el presupuesto 2017?
No sería apropiado usar la palabra “aprobado” porque no se ha cumplido con las pautas legales, previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP). En efecto, la Constitución en el artículo 187, numeral 6, incluye como una de las prerrogativas de la Asamblea Nacional (AN) “discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público”; en el artículo 313 dice taxativamente que “El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiere presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Presupuesto dentro del plazo establecido legalmente… seguirá vigente el Presupuesto del ejercicio fiscal en curso”.
Precisamente, el artículo 41 de la LOAFSP al desarrollar esta norma ratifica el artículo 131 constitucional al indicar que si por cualquier causa el Ejecutivo Nacional no hubiese presentado a la Asamblea Nacional en la oportunidad prevista en el artículo anterior, el Proyecto de Ley de Presupuesto, o si el mismo fuere rechazado o no aprobado por la Asamblea Nacional antes del 15 de diciembre de cada año, el presupuesto vigente se reconducirá…”. En consecuencia, estamos en presencia de un Presupuesto 2017 reconducido, para lo cual el mismo artículo 41 de la LOAFSP establece los ajustes pertinentes tanto por el lado de los recursos como de los egresos.
El Gobierno alega que la AN entró en desacato cuando incorporó los diputados indígenas, que el TSJ había invalidado, por lo que se considera que la AN se autodisolvió. ¿Qué piensa usted?
Esta es una discusión que corresponde al ámbito jurídico en torno al cual serán los abogados especializados quienes fijen los criterios. Sin embargo, creemos que la AN demoró mucho la revisión de las credenciales de los nuevos magistrados del TSJ, dejando que se convirtieran en un supra poder que ha cooptado las funciones del Parlamento. Pongamos un sencillo ejemplo: si un conductor avanza en una vía en sentido contrario al fijado por la Ley de Tránsito y aparece un fiscal que le multa, pero lo hace con un talonario adulterado, no se puede argüir ante el juez que, como el acto del fiscal es írrito, lo desconoce y no pagará la multa. Tendrá que cancelarla porque la ley está por encima del medio empleado para hacerla cumplir.
¿De modo que se pudiera considerar, como usted dice este ejercicio fiscal de 2017 que se trata de una reconducción?
Efectivamente se da la figura o institución del presupuesto reconducido, que literalmente significa repetición. La primera vez que se dio en Venezuela una reconducción para todo el ejercicio fiscal fue en 1996. La experiencia dejó la idea que es perjudicial para el país porque hace nugatorias la planificación, programación, ejecución y resultados del ejercicio fiscal correspondiente.
Por otra parte, no consta que se hayan elaborado y presentado los documentos conexos, a saber: Exposición de Motivos y Plan Operativo Anual. Asimismo, el Artículo 11 de la LOAFSP hace obligatorio que “en el Proyecto de Presupuesto anual, el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Finanzas, presentará los estados de cuenta anexos en los que se describan los planes de previsión social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos fiscales que puedan identificarse”.
¿Se repite en esta oportunidad la misma metodología que se ha venido utilizando desde hace algunos años, y la que consiste en colocar una cifra tentativa en la premisa relativa a la totalidad de los gastos, para luego ser modificada con créditos adicionales?
Esta vez todo está sumido en el misterio más absoluto, pues no se dio a conocer la Exposición de Motivos ni los valores de las variables macroecómicas que sirvieron de base para estimar el PIB real y nominal, la inflación meta, la producción y exportación de petróleo y sus derivados, las tasas activas y pasivas de interés, y otras de la misma naturaleza. Ante esto, nos quedaría aplicar algoritmos matemáticos y econométricos para simular posibles valores.
Tampoco conocemos cómo va la ejecución del Presupuesto 2016. No hemos sabido si el Ejecutivo Nacional remitió a la Asamblea la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria de 2015 dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, de acuerdo al artículo 315 Constitucional. Nos preguntamos si, en cumplimiento del artículo 320 de la Constitución vigente: ¿el Ministro responsable de las Finanzas y el Presidente del BCV elaboraron y divulgaron el acuerdo anual de políticas, en el cual se establecerán los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria, así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales para alcanzar dichos objetivos finales?
“La AN demoró mucho la revisión de las credenciales de los nuevos magistrados del TSJ”
Debieron hacerlo conjuntamente con el Presupuesto ante la Asamblea Nacional. ¿En el Proyecto de Presupuesto 2017, el ministro con competencia en materia de Finanzas presentó los estados de cuenta anexos en los que se describan los planes de previsión social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos finales que puedan identificarse, según el artículo 11 de la LOAFSP? ¿El Ministro en referencia presentaría a la AN, antes del 15 de julio pasado, el Informe Global 2015, contentivo de información vital para la elaboración y discusión del Proyecto de Presupuesto del año en cuestión, es decir, 2017, según lo pauta el artículo 31 de la LOAFSP?.
El susodicho ministro, ¿consignó ante la Asamblea Nacional, antes del 30 de junio del presente año, la Cuenta General de Hacienda correspondiente al ejercicio fiscal 2015, la cual expresará los resultados operativos, económicos y financieros de la gestión pública anual, de acuerdo al artículo 133 de la LOAFSP)? Y por último, ¿el ministro citado, elaboró los estados financieros consolidados del sector público correspondientes al ejercicio 2015 y los presentó a la Asamblea Nacional dentro del primer semestre de 2016, de acuerdo al artículo 9 de la LOAFSP?. Si se ha cumplido con la ley, favor exhíbanlos; de lo contrario, la Asamblea debe proceder a tenor de lo dispuesto en los instrumentos jurídicos mencionados.
¿Qué piensa de la cifra con la que fue calculado el precio del barril de petróleo?
A simple vista, pareciera que 30 dólares por barril exportado es razonable, quizás un poco conservadora según las expectativas que se han creado ante el posible acuerdo en la próxima reunión de diciembre de la OPEP de bajar la producción para recuperar de alguna manera el precio.
Ha sido muy criticada la partida relativa a los gastos militares, en detrimento de otras áreas, que deberían ser atendidas con mayor urgencia económica. ¿Qué piensa usted?
La información que el Ejecutivo Nacional se dignó colocar a disposición de los ciudadanos es sumamente opaca; veamos: el Presupuesto se aprueba en la Asamblea Nacional mediante una Ley cuya vigencia es de un año; como tal contiene un conjunto de artículos que especifican las normas que regirán su ejecución; en esta ocasión apenas nos desvelaron los artículos 37, referido a los Recursos, y el 38, atinente a los créditos presupuestarios. Las cifras resultan demasiado agregadas, de manera que no es posible ni siquiera conocer el monto de los gastos militares. Solamente encontramos en la distribución institucional de los Egresos que de los 8 billones, cuatrocientos setenta y nueve mil (Bs 8.479.) millones de bolívares, el Ministerio de la Defensa recibe setecientos sesenta y ocho mil ( Bs 768) millones, esto es, el 9% del total, y cuarto en monto, precedido –en orden de mayor a menor- por las partidas de Relaciones Interiores, Justicia y Paz (Bs 1 billón 628.000 millones-19%), Educación (Bs un billón 409.000 millones- 17%) y Trabajo (un billón 88.000 millones-13%). Ante la opacidad reiterada y dada la naturaleza de este tipo de gasto, preferimos evitar cualquier especulación.
Asimismo, se ha quejado el sector universitario, a propósito de lo insuficiente que resulta el monto de la partida, que se le ha asignado. ¿Usted cree que se justifican tales quejas?
El Ministerio responsable de la Educación Universitaria, que incluye además Ciencia y Tecnología, tiene asignado la cantidad de 615 mil millones de bolívares, siendo el séptimo en el orden. Al compararlo con el año 2016 y agregarle la inflación, resulta evidente la subestimación. Ello potencia la política de poner a llorar al sector; para que luego le vayan aumentando vía crédito adicional, si hubiere los recursos para financiarlo. Es lamentable que entre universitarios no se puedan concretar acuerdos para sincerar el presupuesto de las universidades. Desde afuera, nos resulta incomprensible, teniendo en cuenta que el conocimiento y el rigor académico está disponible. Nunca ha existido la voluntad política para afrontar la tarea.
En el proyecto de Presupuesto 2017 “todo está sumido en el misterio más absoluto”
¿Cuánto estima que va a ser comportamiento del PIB y de la inflación para 2017?
Mi colega del Área de Desarrollo Económico del CENDES-UCV y director de la acreditada firma consultora Econométrica, profesor de la Escuela de Economía de la UCV, doctor Ángel García Banchs, me ha facilitado sus estimaciones para 2017, las cuales comparto por su rigor académico. Con base a la metodología de escenarios, elaboró tres posibles situaciones, que identifica como: 1.- Escenario optimista (cambio político), en el que el PIB real crecería cinco puntos porcentuales y la inflación anualizada perdería fuerza y se ubicaría en 220%. 2.- Escenario continuista: el PIB se tornaría negativo al caer en un -2%, manteniéndose vigorosa la inflación en un 530%. 3.- Escenario pesimista, que contemplaría la estatización del sector bancario, con el PIB acelerando su caída a nivel del -6% y la inflación ascendiendo a 2.250%.
La indicación de cuál de los tres escenarios sería el más probable -desde el punto de vista estadístico- dependerá de las expectativas racionales de cada persona, donde la variable política posee un alto poder de influencia. La dificultad principal es que la información que está a nuestro alcance es muy precaria -alta opacidad debido a la política de avestruz que practican los organismos y entes públicos fundamentales-, razón por la cual se incrementa la incertidumbre y bajan las probabilidades de ocurrencia de los eventos asociados a cada escenario. Tanto el profesor García Banchs como el suscrito vivimos y trabajamos en Venezuela, evidencia inequívoca de que tenemos la fe y la esperanza en que el país tiene posibilidades de transitar la senda de la recuperación y el crecimiento en el mediano plazo (3 a 5 años), pero un inversionista es entendible que no tenga la misma percepción. Si sigo el método de mi apreciado colega Felipe Pérez Martí, diría que apuesto al escenario optimista.