La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) celebró este jueves en Caracas una sesión extraordinaria con la finalidad de aprobar el proyecto de Ley Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y las Garantías de los Derechos Humanos,
El instrumento jurídico fue propuesta del Ejecutivo nacional con la justificación de contrarrestar las sanciones económicas de Estados Unidos y, de igual modo, revertir las consecuencias que estas han ocasionado contra la economía y actividad productiva del país.
La sesión de la ANC fue presidida por el diputado Diosdado Cabello, y transcurrió entre lecturas de los 44 artículos y derechos de palabra de diversos constituyentes del cuerpo legislativo.
Durante la discusión, el presidente de la ANC aseguró que la Ley no sustituye ni desaplica artículos de la Constitución Nacional. Al leer la disposición transitoria en la cual se indica que esta ley tendrá aplicación preferente frente a las normas de rango legal y sublegal, incluidas leyes orgánicas y especiales: “Todavía hay gente que no tiene claro que legal y sublegal no es la Constitución”, acotó Cabello.
Esta fue una respuesta evidente a las recomendaciones que en las recientes semanas han ofrecido diversos sectores que forman parte del chavismo y de la vida nacional.
La sesión contó con el voto salvado de la abogada y diputada constituyente María Alejandra Díaz, quien divulgó su decisión a través de su cuenta @MariaesPueblo en la red social Twitter, donde publicó una carta dirigida a Cabello.
“Ninguna emergencia legislativa puede ni debe estar por encima del principio inviolable, irrevocable e inderogable de que la soberanía reside intransferiblemente en el Pueblo quien lo ejerce directamente como se encuentra expresamente establecido en el Art. 5 de nuestra Carta Magna”, escribió,
Díaz agregó que, aunque solicitó por escrito y privado, el contenido del proyecto de ley pero no obtuvo acceso y al diferir de los mecanismos inadecuados, y por desconocer el contenido de la ley colide o no con la Constitución, decidió salvar su voto y opinar posteriormente.
También vale recordar que el abogado y escritor Luis Britto García, a través de artículo de opinión publicado el 1 de octubre en el portal de Aporrea.org, advirtió que la Ley Antibloqueo valida facultades absolutas y discrecionales. Adicionalmente, precisó que contraria 13 artículos de la Constitución: 1, 25, 28, 57, 58, 137, 138, 154, 187 numerales 6 y 7, 218, 314, 315, y 318.
La posición crítica de Britto García ante la Ley Antibloqueo, y también de la diputada María Alejandra Díaz y del Partido Comunista de Venezuela, fueron cuestionadas por el capitán Pedro Carreño, a quienes llamó como tontos útiles de la “oligarquía” y del constitucionalista Allan Br
Por su parte, el constituyente Hermann Escarrá, durante su derecho de palabra en la ANC, cuestionó las “opiniones críticas malsanas” que adversan el instrumento legal y afirmó que el texto es perfectamente constitucional y que no viola ningún artículo de la Carta Magna.
El pasado miércoles, Maduro indicó que luego de ser aprobada por la ANC, la Ley Antibloqueo esta será elevada al Consejo de Estado para que solicite a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia su opinión o consideración sobre sobre el contenido de la misma.