La suspensión del servicio aéreo de transporte de pasajeros, entre Estados Unidos y Venezuela, emitida por el DOT (Departamento de Transporte) el 14 de mayo de 2019, se mantiene vigente hasta los momentos.
Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro, ratifica este martes licencia que autoriza la realización de algunas transacciones administrativas consideradas necesarias para las operaciones de puertos y aeropuertos de Venezuela.
Estos mecanismos fueron prohibidos por la administración del expresidente Donald Trump, como parte de las políticas sancionatorias dirigidas contra las instituciones y empresas que forman parte del gobierno de Nicolás Maduro, y que luego fueron flexibilizadas el 5 de septiembre del año 2019.
La nueva medida es la Licencia General 30A, la cual sustituye la Orden Ejecutiva 13884, firmada el 5 de agosto del año 2019 y que ordenaba la suspensión de operaciones necesarias en las zonas portuarias y aeroportuarias.
El texto reitera que son permitidas todas las transacciones y actividades que involucran al Instituto Nacional de los Espacios Aeronáuticos (INEA), así como las instituciones que se encuentran adscritas a este organismo del Estado.
La nueva Licencia no permite las transacciones para realizar la exportación o importación de diluyentes ni tampoco transacciones para personas o instituciones que se encuentran bajo sanciones de Estados Unidos.
Esta acción ha sido interpretada por la opinión pública como una medida del gobierno del presidente de Estados Unidos, Joe Biden, que inicia un proceso de flexibilización de las sanciones promulgadas durante el mandato de Trump.
El periodista Arnaldo Espinoza, a través de su cuenta @Naldoxx, en la red social Twitter, aclara que la Licencia General 30A no está dirigida a reabrir los vuelos entre Estados Unidos y Venezuela, ni tampoco el preámbulo de “nuevas acciones” de la administración de Biden.
“La Licencia General 30A lo que hace es especificar cosas ya implementadas en la Licencia General 30 (2019) en temas portuarios”, acota.
Por su parte, la politóloga y abogada Francis Martz, a través de su cuenta @francismartzf, en la red social Twitter, explica que la suspensión del servicio aéreo de transporte de pasajeros, entre Estados Unidos y Venezuela, emitida por el DOT (Departamento de Transporte) el 14 de mayo de 2019, se mantiene vigente hasta los momentos.
“El INEA ya no está sancionado”: ¡Falso! Por los momentos, el INEA no ha sido excluido de la lista de SDN. Se mantiene como persona sancionada enlistada como ‘INEA’ y ‘Instituto Nacional De Los Espacios Acuáticos e Insulares’», aclara a través de un tuit.