La ONG Transparencia Venezuela indica que la AN de 2015 aprobó un crédito adicional para el mencionado fondo. Indica que la distribución de gastos dista de cumplir con las buenas prácticas de transparencia fiscal
El manejo de recursos públicos a través del Fondo para la Liberación de Venezuela y Atención de Casos de Riesgo Vital, aprobado el 4 de marzo de 2020 por la Asamblea Nacional (AN) presidida por Juan Guaidó, debe ser realizado con transparencia y rendición de cuentas al país.
Este es el planteamiento de la ONG Transparencia Venezuela que explica que este instrumento, el cual fue aprobado mediante Ley Especial en Gaceta Legislativa, no tiene el alcance de la Ley de Presupuesto Nacional aunque sí conlleva la administración financiera de recursos públicos.
Precisa que la AN de 2015 aprobó un crédito adicional para el mencionado fondo. Añade que los datos sobre la distribución de los gastos por programas fueron publicados el 16 de octubre de 2020 en la Gaceta Legislativa N° 33. La ONG indica que la distribución de gastos dista de cumplir con las buenas prácticas de transparencia fiscal.
Transparencia Venezuela enfatiza que el manejo de dinero público requiere disciplina y definición detallada de las razones que motivan cada gasto. Asimismo, deben considerarse los objetivos, metas indicadores precisos a cumplir con los recursos y divulgación de los presupuestos.
La ONG enfatiza que estas no consisten en exigencias exageradas sino procesos formales que garantizan transparencia y confianza. Explica que además este sistema reduce las oportunidades para el robo de recursos públicos.
Añade que, asimismo, constituyen herramientas de gestión que permiten orientar de la mejor manera a los funcionarios que participan en el proceso de ejecución de recursos y a los también ciudadanos al evaluar determinada gestión.
Al respecto, Transparencia Venezuela propone que en el caso del Fondo debe incluirse exposición de motivos que justifique cómo la distribución de los recursos del Fondo propuesta, permitirá alcanzar los objetivos previstos en el artículo 5 de la Ley de reforma del Estatuto que Rige la Transición a la Democracia.
Señala que debe también debe incluirse un breve balance de lo logrado en el ejercicio fiscal previo y lo que se espera con el presupuesto del nuevo ejercicio fiscal. Asimismo, aclarar los periodos de tiempo en cada ejercicio fiscal, los ingresos y gastos (respondiendo a la pregunta ¿Quién gasta?).
Transparencia Venezuela indica que en marzo de 2021 dirigió una petición de información a los integrantes del Consejo de Administración del Gasto del Fondo para la Liberación de Venezuela. En el mismo solicitó el informe de gestión del año 2020 del mencionado Fondo y aunque hubo respuesta prometiendo la entrega del informe después del 31 de marzo de 2021, aún no ha sido recibido.