Advierten que normativa contra las organizaciones sin fines de lucro coloca en situación de riesgo a miles de instituciones que trabajan para brindar ayuda a los sectores más vulnerables de la población venezolana
Diversas asociaciones que hacen vida en Venezuela exigen la derogación de la Providencia Administrativa No. 001-2021, porque consideran que establece normativas dirigidas a la vigilancia de las actividades y fines de las organizaciones sociales, benéficas y especializadas.
Estas muestran preocupación ante normas de este instrumento que persiguen la supervisión de las listas de donantes y beneficiarios de sus programas de ayuda, movimientos financieros y también información sobre las demás organizaciones vinculadas al trabajo que desarrollan.
La Providencia Administrativa lleva el nombre de Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Esta obliga al registro de todas las personas naturales o jurídicas de naturaleza no financiera que se hayan conformado antes de la fecha 1 de mayo de 2021.
Las instituciones resaltan que la providencia administrativa hace énfasis o tiene especial preferencia en sus normas sobre las organizaciones sin fines de lucro. En tal sentido, establece medidas de supervisión bajo la presunción de que puedan incurrir en terrorismo o sean vulnerables de incurrir en este delito por no encontrarse sujetas al control de un órgano público o reguladas por una ley,
De igual modo, indican que la providencia administrativa establece penalizaciones contra las organizaciones que incumplan con las normas, entre ellas la ilegalización y también cárcel. Al respecto, el grupo de organizaciones afectadas advierten que este aspecto coloca en situación de riesgo a miles de instituciones que trabajan para brindar ayuda a los sectores más vulnerables de la población.
Además del impacto social que podría causar la aplicación del instrumento, los denunciantes indican que las normativas determinan procedimientos, requisitos, plazos y certificaciones que no se encuentran contemplados en ningún ordenamiento jurídico venezolano
“Son procedimientos arbitrarios, intrusivos y ajenos al supuesto fin que aseguran perseguir”, alertan.
También señalan que la providencia administrativa omite la vigencia de normas constitucionales, leyes y resoluciones que protegen y regulan la actividad de estas organizaciones, conforme a su naturaleza sin fines de lucro y su carácter de asociaciones libres, autónomas e independientes.
Al respecto, alertan que el instrumento impone la aplicación de sanciones abiertas por presunción de delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, entre otras, multas, prisión y revocatoria de actividades.
Enfatizan que el contenido de la providencia administrativa constituye un acto inconstitucional, de extralimitación legal y grave quebrantamiento a las normas internacionales, acordadas para proteger los derechos humanos y las libertades que son de obligatorio cumplimiento para el Estado.
Puntualizan que la providencia viola el derecho humano a la libertad de asociación, y para ello realizan cambios en el marco regulatorio actual que no admite ningún control previo, al imponer que las organizaciones de la sociedad civil deben estar sujetas al permiso y control del Estado.
Advierten que la providencia también viola los principios de presunción de inocencia y de legalidad. “Todas las organizaciones de la sociedad civil estarían sometidas a un estado general de sospecha”, precisan.
Enfatizan que el Estado apunta a lograr el control discrecional a través de un órgano con funciones de supervisión e inteligencia en materia de delitos de legitimación de capitales y terrorismo. Acotan que este ámbito debería estar solo restringida al ámbito financiero y además las normativas se desnaturalizan al ser empleadas para controlar a las organizaciones.
Resaltan que la providencia se inscribe en los patrones de criminalización sistemáticos contra las organizaciones de la sociedad civil, con el claro propósito de cerrar el espacio cívico y limitar la defensa de los derechos y prestando la debida asistencia y la protección a la población.
“La aplicación de esta providencia administrativa es inaceptable y traería mayores consecuencias lamentables de sufrimiento humano para la población venezolana, severamente afectada por graves violaciones de derechos humanos, la pandemia por Covid-19 y la emergencia multidimensional que atraviesa el país desde hace varios años”, indican.
En tal sentido, las organizaciones exigen la derogación inmediata de la medida y el cese, por completo, de las políticas de criminalización y persecución que cercenan el derecho de la sociedad civil a contribuir en las soluciones de los complejos y profundos problemas del país.
La comunicación es suscrita por Ancora Humanitas, Apoye, Banauge, Batido Solidario, Casa Nuevo Pueblo, Centro de Animación Juvenil, Centro de Investigación Social, Democracia Emprendedora, Escuela de Cine y Televisión, FamiliaMetro, Fundación Peter Alexander para Niños Autistas del Edo. Zulia (Fupanaz), Gobernabilidad y Gerencia, Iglesia Centro Evangelístico, Barquisimeto, Jóvenes y Desarrollo, Kapé Kapé, La Movida Positiva y Llamado a la Conciencia Vial.