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La AN del 2015 muere en el 2022, según el «Estatuto de la Transición»

Si los partidos opositores no prorrogan el mandato de la Asamblea Nacional, elegida en diciembre de 2015, perderán a su más calificado interlocutor en el extranjero.

Santiago Alcalá

A menos que ocurra un milagro -que los marines nos invadan, que ¡al fin! le apliquen a Nicolás Maduro, las leyes contra la corrupción, contra la delincuencia organizada y de vagos y recontravagos- el próximo seis de enero, los opositores venezolanos, amaneceremos sin Asamblea Nacional. Quiere decir, que los parlamentarios electos aquel, seis de diciembre de 2015, perderán sus investiduras, transfiriéndoles, estas últimas a, la Asamblea espuria, fraudulenta y gobiernera, electa el seis de diciembre de 2020.

El despojo, no ha sido producto de una orden emanada de los castrocubanos, que su pelele aposentado en Caracas, ha obedecido sin chistar. Ni a causa de otra voladora de la  sargentona que, al frente de  sus carnales, “El Koki”, “El Kuki” o el “Ñoki”, arremetió contra las bancadas electas en 2015.

Entonces ¿Quién o quiénes han sido los autores del zarpazo?

El 26 de diciembre de 2020, la Asamblea Nacional, legítima, de holgada mayoría opositora, aprobó el vigente Estatuto  de Transición, cuyo artículo 12 establece que “la continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional, será ejercida por la Asamblea Nacional electa el seis de diciembre de 2015, la cual funcionará a través de la Comisión Delegada hasta que se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias, libres, justas y verificables en el año 2022, ocurra un hecho sobrevenido y excepcional en 2021 (este sería otro milagro), o hasta por un período parlamentario anual adicional a partir del 5 de enero de 2021”.

O lo que es lo mismo, ha sido la propia Asamblea Nacional, legítima y opositora la que ha decretado su autoexitinción, porque ella misma, le ha puesto fecha fija a su decaimiento.

 Por muy mala, que haya sido la Presidencia provisional de Juan Guaidó, que tan mala tampoco ha sido, más vale algo que nada. Después de todo cuenta con el reconocimiento de alrededor de 50 países. Además, si el problema es, Guaidó, basta y sobra, que las fuerzas opositoras, antes del fatídico 6 de enero de 2022, reformen el mencionado artículo 12º, y extiendan el plazo contenido en dicho hasta la celebración de elecciones “generales, libres, justas y verificables”. En tal caso, pueden ratificar a Guaidó o  nombrar nuevo presidente de la AN, quien por virtud del artículo 233 de la Constitución, pasaría a llenar plaza como presidente de la AN y consecuencialmente, Presidente provisional de Venezuela.

  Pero ocurre que a partir del próximo seis de enero, los dirigentes de los principales partidos opositores van a estar muy ocupados, en sus precandidaturas o candidaturas presidenciales.  En otras palabras, no son capaces de ponerse de acuerdo, en quién reemplazaría a Guaidó   porque presumen, que el subrogante se aprovecharía, para sí o para su partido político, de la ventaja que representaría ejercer las dos Presidencias antes mencionadas, de manera simultánea. A tal extremo llega la mezquindad, ambición, falta de patriotismo.

En Venezuela, siempre ha sido, relativamente, normal que, a determinados titulares de cargos públicos se les venza su período constitucional y permanezcan al frente de sus responsabilidades, hasta que el parlamento provea sus reemplazos. Ocurrió, con los rectores del Consejo Nacional Electoral -casos, entre otros, de las señoras Lucena y Olibitas y el señor Vicente Díaz. La señora, Adelina González, entonces Contralora General de la República, continuó desempeñándose como tal, más allá de su período constitucional, por no haber sido proveído su reemplazo. El informe sobre el funcionamiento del TSJ, presentado en julio de 2016, ante la AN, legítima, advertía de tres magistrados suplentes con año y medio de período vencido.  Pero más allá, de lo que alguien podría calificar de costumbre contra legem, varias sentencias del Tribunal Supremo han dictaminado que ningún funcionario, alto o medio, puede separarse de sus funciones, hasta tanto no se le sustituye legal y formalmente. La más célebre la dictada en enero de 2013, cuando Chávez estaba en Cuba -medio muerto o muerto y medio- y no pudo acudir a jurar como Presidente reelecto.  

Hacer dejación de las responsabilidades inherentes a una función pública es, de suyo, grave. Más, en las actuales circunstancias. Basta reflexionar, qué harán las huestes del chavomadurismo con el oro depositado en Reino Unido. O la forma en que acabarán de entregarles a los acreedores tiburones Citgo, Monómeros y cualquier otro vestigio patrimonial de Venezuela en el extranjero.  

El emplazamiento, de rectificación es de carácter urgente. Si los partidos opositores, no prorrogan el mandato de la Asamblea Nacional, elegida en diciembre de 2015, que mal que bien, es nuestro más calificado interlocutor en el extranjero, perpetrarán un crimen de lesa patria, muy difícil de perdonar.