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Cambiar al Presidente de la República I Opinión I Jesús Petit Da Costa

Al sustituir el sistema presidencial por el parlamentario, el Presidente de la República, dejará de ser el enemigo de la democracia como ha venido siéndolo durante 200 años.

Jesús Antonio Petit Da Costa

1.-En el siglo XIX todos los presidentes fueron dictadores. El único que intentó no serlo, el doctor José María Vargas, fue derrocado. En la primera mitad del siglo XX todos fueron dictadores: el único militar que intentó no serlo, Isaías Medina Angarita, fue derrocado y también fue derrocado el único civil que intentó no serlo, Rómulo Gallegos.

Desde 1958 hasta 1998 los presidentes no se hicieron dictadores porque no quisieron. Si lo hubieran querido lo hubieran sido. No fue la institucionalidad la que se lo impidió, sino su formación ideológica.  El que durante esos 40 años no haya habido dictadura se lo debemos a los presidentes, no a la institucionalidad porque la misma estaba a su discreción, lista para servir a su ambición de poder como a todos sus antecesores.  

El sistema presidencial venezolano está diseñado para implantar la dictadura. Aún más, está diseñado para la tiranía, forma extrema de la dictadura, como lo hemos visto en los últimos 23 años.

2.- Para implantar el Estado Democrático de Derecho, sin el cual no habrá República del Bienestar, la versión venezolana del Estado de Bienestar, habrá que darle un revolcón al sistema político cambiando totalmente la forma de gobierno y darle otro papel al Presidente de la República, de enemigo de la democracia a ser su celoso vigilante.

Si no damos este revolcón, comenzando por cambiar al Presidente de la República, prolongaremos hasta el infinito los 200 años de fracasos que venimos arrastrando.

3.- El revolcón comenzará por sustituir el sistema presidencial, fuente de nuestra desgracia política, por el sistema parlamentario. Así trasladaremos el centro del poder del Gobierno al Congreso, depositario de la soberanía nacional.

Y, al mismo tiempo, desconcentrando el Poder Ejecutivo con la separación de la Jefatura del Estado y la Jefatura del Gobierno. En la República del Bienestar el Presidente de la República será únicamente Jefe de Estado, no será Jefe de Gobierno. Presidirá pero no gobernará como los reyes en la monarquía parlamentaria. El Vicepresidente Ejecutivo de la República (o Primer Ministro) será el Jefe de Gobierno, pero no Jefe de Estado. Gobernará pero no presidirá.

Separados los cargos, sus titulares serán frenos y contrapesos entre sí en garantía de la institucionalidad democrática.  

4.- El Presidente de La República, como Jefe de Estado, cumple en la República Parlamentaria una función simbólica en sentido mítico, institucional e integrador; una función representativa; una función moderadora; y una función arbitral, además de las específicas del cargo incluyendo la de Comandante Supremo de la Fuerza Armada Nacional. Luego las explicaré en detalle.

5.- Para poder cumplir eficientemente estas funciones, la elección del Presidente de la República debe sustraerse del debate partidista y de la división enconada que son propias de las elecciones directas, en las cuales se practica la demagogia y el culto a la personalidad que son las semillas de la tiranía.  

Para representar la unidad nacional y poder ejercer sus funciones integradora, moderadora y arbitral el Presidente de la República será electo por el Congreso, reunidas ambas Cámaras, por las dos terceras de sus miembros en votación secreta, la cual permite a los parlamentarios ejercer el voto de conciencia sustrayéndose a la disciplina de partido.

Si la elección del Presidente de la República hubiese sido así, según la Constitución de 1961, no hubiesen sido presidentes Chávez y Maduro; y por consiguiente, no hubiésemos padecido esta narcotiranía.

6.- El proceso de cambiar al Presidente de la República, para que deje de ser el enemigo de la democracia como ha venido siéndolo durante 200 años y se convierta en su vigilante, sólo se logrará sustituyendo el sistema presidencial por el parlamentario, lo cual comienza por la forma de elección presidencial haciéndola por consenso.

petitdacosta@gmail.com  

EL AUTOR es abogado y magistrado jubilado. Profesor en la Universidad Central de Venezuela 1966-1996 en derecho mercantil y derecho laboral. Ex Procurador general de la República. Ex presidente de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

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