Por considerarlo de interés para nuestros lectores publicamos la comunicación enviada por varios profesionales venezolanos al Fiscal General de la República, respaldando la posición de la candidata presidencial María Corina Machando solicitando aplazar el referéndum consultivo sobre el Territorio Esequibo, previsto para este domingo 3 de diciembre, “porque entorpecería el juicio que actualmente se desarrolla r ante la Corte Internacional de Justicia, sobre ese tema:
Ciudadano
Fiscal del Ministerio Público
Su despacho. –
Nosotros, ciudadanos venezolanos, quienes suscribimos la presente observación, ante usted acudimos y exponemos:
El día de hoy, 24/11/2023 nos hemos enterado por la prensa (El Nacional Digital), que el ciudadano Luis Ratti, denunció a la señora María Corina Machado por ante esa Fiscalía, porque de acuerdo con sus palabras, la expresada señora tuvo la osadía de opinar de que ¨se suspendiera el Referéndum Consultivo sobre el Esequibo, porque ¨La dirigente opositora María Corina Machado propuso este miércoles suspender el referendo no vinculante convocado para el 3 de diciembre porque a su juicio podría perjudicar la defensa del Esequibo en la Corte Internacional de Justicia (CIJ): y por qué ¨La Soberanía se ejerce no se consulta. Copia de dicho artículo se lo anexamos al presente escrito.
Ahora bien, queremos significarle nuestra posición, ante esta situación, la cual es la siguiente:
1.- Tanto en la Constitución de 1961, y la de 1999 se establece que:
1961
Articulo 7.- El territorio nacional es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la Republica.
1999
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la Republica son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
2.- Los Tratados Internacionales, son una ley que está Por encima de la Constitución.
3.- Como dice el profesor Víctor Rodríguez Cedeño: ¨no todas las declaraciones unilaterales formuladas por una persona autorizada por el Derecho Internacional tienen un valor jurídico, es decir, no todas producen un valor jurídico…¨, así se llamen Referéndum Consultivos.
En consecuencia, lo que está exigiendo la señora MCM, no solo es una petición totalmente ajustada a nuestra Constitución, ya que los Tratados Internacionales, están por encima de nuestra Constitución, sino que no tendría ninguna consecuencia desde el Derecho Internacional, sino todo lo contrario, se entorpecería el juicio por ante la CIJ Es justicia, que esperamos en Caracas, a los 27 días del mes de noviembre del 2023
Gustavo González Urdaneta, venezolano, ingeniero, C de I. # 2.955.172
Victor Márquez, venezolano, farmaceuta, C de I. # 2.938.386
Roberto Augusto Martin, ingeniero, venezolano, C. de I # 2.515.525
Armando Cubillan B., venezolano, abogado, C. de I. # 2.936.561
Álvaro Rotondaro Gómez, venezolano, abogado, C. de I. # 1,755.707
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Jesús Germán Rotondaro Pedroza., venezolano. Técnico en Administración y Operaciones de Aeropuertos C. de I.# 2.897.571
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María Carolina Alfonzo, venezolana, Profesora C. de I. # 6.824.934
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Nelson Darío Sandoval Gutiérrez, venezolano, ingeniero C. de I. # 3.248.168
Domingo Ávila, venezolano, ingeniero, C. de I. # 2.382.155
Rosina Calcina de Ávila, venezolana, abogado e ingeniero, C. de I. # 5.256.102
Nelson Socorro, venezolano, abogado C.I.# 2123812
Constantino de Zabala,venezolano,ingeniero, C.I.# 2937786
En mi condicion de Doctor en Derecho y de Abogado en ejercicio, titular, de la cedula de identidad No. 2.119.430, suscribo en todas sus partes la comunicación al Fiscal del Ministerio Publico, de fecha 28 de Noviembre de 2023. Enrique G. Story Fermin.