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Raffalli: ‘Estamos en un atasco que implica que los poderes chocan entre ellos’

Juan Manuel Raffalli

A juicio del abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli, «la Constitución dice que el poder público está compuesto por los cinco poderes y no puede ninguno dejar de funcionar porque se estaría fuera de la Constitución»


 

Gabriela González

El pasado 6 de enero, la Asamblea Nacional (AN) presidida por el diputado Henry Ramos Allup procedió a recibir las credenciales de los dos diputados por el estado Amazonas Nirma Guarulla y Julio Ygarza, y del representante indígena de la Región Sur, Romel Guzamana, todos pertenecientes a la Mesa de la Unidad (MUD).

Una vez revisadas las credenciales, la nueva directiva de la Asamblea Nacional procedió a juramentarlos aunque, en ese sesión, ninguno de los tres diputados participaron o votaron.

El solo acto de juramentación bastó para que la bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), ejerciera fuertes reclamos, amenazara con acciones legales a la directiva y sentenciara que los actos que realizaran a partir de ese momento en el recinto parlamentario serían “ilegales e írritos».

A juicio de los partidarios del PSUV, se «estaba dando un golpe de estado”, por cuanto la directiva de la Asamblea Nacional estaba desacatando una sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que ordenó suspender los procesos de proclamación, totalización y juramentación de los diputados de Amazonas, atendiendo a una medida de amparo cautelar.

Incluso, el diputado oficialista Diosdado Cabello declaró a los medios y reiteró en su programa Con el Mazo dando “que no se le entregaría presupuesto a la Asamblea ni se publicarían leyes en la Gaceta Oficial”, ya que, a su parecer estaban desconociendo al Poder Judicial.

A propósito de estas declaraciones, el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli indicó que, desde el punto de vista estrictamente legal, Diosdado Cabello es un diputado más. «Eso no le corresponde a él. Eso le corresponde, en todo caso, a la Oficina del Tesoro Nacional, al Poder Ejecutivo y, además, tienen que cumplir lo que dice la Constitución. Lo importante en todo esto es que los poderes se están desconociendo”, alertó.

En cuanto a la viabilidad de que las leyes aprobadas en la AN no sean publicadas en Gaceta Oficial, Raffalli considera que, “ante esa situación hay una subversión del orden constitucional. Estás desconociendo un poder público electo por el pueblo, que tiene unas competencias expresas en la Constitución. Eso es lo mismo que se reuniera la Asamblea y dijera que va a designar otro presidente. Eso no es viable. Si nos salimos de la Constitución, botamos el librito y esto es ya dibujo libre”.

En relación a este desconocimiento, la bancada del PSUV acudió este jueves al TSJ para denunciar lo que califican como desacato al amparo dictado por la Sala Electoral. El abogado Raffalli explica que sería esta misma sala la que debe conocer la denuncia y “como esa sentencia fue dictada en amparo y salieron rápidamente a dictarla tendrían que salir a recibir esta”.

Pero no solo los diputados oficialistas salieron a desconocer los actos de la recién instalada Asamblea, el Presidente de la República, Nicolás Maduro, también asomó la posibilidad de gobernar sin el ente legislativo.

Ante las declaraciones que hiciera Nicolás Maduro la noche de este miércoles, Raffalli es enfático al decir: “No pueden. Eso es lo mismo que digan que el país sigue adelante sin presidente. O el país sigue adelante sin Poder Judicial. No pueden. La Constitución dice que el poder público está compuesto por los cinco poderes y no puede ninguno dejar de funcionar porque se estaría fuera de la Constitución y ya se convierte el funcionamiento del Estado en una cosa de hecho, en una cosa fáctica”.

Las implicaciones de un amparo cautelar

El abogado Raffalli considera la sentencia contra los diputados de Amazonas como “una sentencia muy criticable con muy poco fundamento jurídico, basado en grabaciones y dictada apresuradamente un 30 de diciembre” y explica que, al ser una sentencia dictada en amparo, si se desacata se acarrean sanciones privativas de libertad.

El constitucionalista recuerda que lo mismo ocurrió en el caso de los alcaldes en 2014. Pero en el caso de los diputados, que fueron electos y fueron proclamados, les genera inmunidad parlamentaria.

A su juicio, lo que se suspendió fue el efecto de la juramentación y que pudieran asistir y tomar el cargo. “Desde el punto de vista jurídico la posibilidad de que se instrumente un desacato en ese sentido es muy cuestionable. Pero hay otro elemento que no se puede soslayar y es que desde el punto de vista político y de funcionamiento del Estado es impensable que la Sala Electoral, por no cumplirse una medida cautelar, vaya a privar de libertad a tres diputados electos y además a la directiva que fue quien los juramento”, explica.

Magistrados no, diputados sí

En la primera sesión ordinaria de la AN se discutió sobre la creación de una comisión que investigue la designación de los 13 magistrados principales y 21 suplentes realizada el 23 de diciembre por la Asamblea saliente.

Uno de los argumentos utilizados por la bancada oficialista para negar la creación de esta comisión fue que estos magistrados ya fueron incorporados al TSJ y que, en todo caso, le correspondería al Poder Moral llevar estas averiguaciones.

Ante este argumento, ¿por qué no se aplica este mismo principio para los representantes de Amazonas que ya fueron proclamados y acreditados como diputados?.

El abogado Raffalli recuerda el caso del exmagistrado Franklin Arriechi, a quien ya la AN le revocó el nombramiento porque había un problema con los requisitos de su postulación y agrega que “la Asamblea tiene la potestad como órgano del poder público de revisar sus propios actos y si determina que alguno de ellos es nulo, anularlo ella misma”.

“Todo esto no hace sino dejar de bulto el absurdo de la sentencia. Esa sentencia ha creado un desbarajuste constitucional porque lo lógico era que, como ha dicho siempre la Sala Constitucional, el que gano siga en el cargo y si se anula todo el procedimiento se llame a una nueva elección y que quien gane, asuma”, precisa el abogado.

¿Crisis de gobernabilidad?

Para el jurista, “lo que esta pasando en todo esto y donde creo que hay que poner todo el énfasis es que estamos concurriendo a una especie de desconocimiento recíproco de los poderes públicos y eso es una anomalía constitucional”.

Son muchas las versiones sobre la legalidad y viabilidad de la sentencia de la Sala Electoral. Raffalli apela a la jurisprudencia y recuerda que la Sala Constitucional, en sentencias del 2000 y 2013, señaló que no se puede suspender una juramentación ni se puede anular los efectos de una proclamación.

Para él, la directiva de la AN está actuando en base al criterio de esta sala que, recalca, es superior a lo que dicho por la Sala Electoral.

No queda sino esperar el pronunciamiento del TSJ sobre un posible desacato y conocer qué decisión toma. Pero, independientemente de esto, cada día se hace más inminente lo “predicho” por Diosdado Cabello: lo que viene es un choque de poderes en donde unos desconocen a los otros. Y en el medio, el pueblo.