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Estas son las nuevas normas cambiarias para los operadores turísticos

El Ministerio de Turismo, encabezado por Andrés Izarra, emitió una serie de normas que regirán la relación entre hospedajes y agencias de viaje con turistas extranjeros en el país, según se estableció en la Gaceta Oficial 40.435.

Entre otras cosas se establece que los prestadores de servicios turísticos de establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes y de turismo deben remitir mensualmente al Ministerio de Turismo un listado con los turistas extranjeros que hayan atendido así como el monto en divisas de las operaciones efectuadas, tal como lo destaca la web de El Universal.

Los datos de estos turistas deben coincidir con los asentados en el «Libro Oficial de Entrada y Salida de Huéspedes» que maneja el Saime.

Además, deben exigirles a los citados turistas que realicen pagos en moneda nacional «el comprobante de cambio legal de divisas».

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