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¿Discriminación bancaria por residir en Venezuela? #OmarEstacio analiza el caso #Zelle

Todo quien resida en mi país se presumiría culpable de usar de manera “inconsistente” la plataforma, Zelle sin posibilidad de prueba en contrario. Absurdo. 

Omar Estacio Z.

Cierto banco de los muchos que operan en Estados Unidos de América, les habría notificado a todos sus ahorristas y cuentacorrientistas, que residen en Venezuela que, a partir del próximo 26 de junio, no pueden continuar usando la muy popular, plataforma Zelle. 

            La comunicación, difundida por los medios sociales, a la letra, reza: (el Banco) “realiza revisiones continuas de la relación de sus cuentas para asegurar que nuestros productos y servicios, incluyendo Zelle, son usados como están concebidos” (…)  “Si identificamos un uso que es inconsistente con el uso pretendido para esos productos y servicios (el Banco) elimina el acceso a esos servicios para esos usuarios”.

             No toda discriminación es ilegal. O inconstitucional. O violatoria de los principios o normas vigentes, a escala universal, en materia de derechos inalienables. Una cosa es que a alguien le nieguen un préstamo bancario, porque tiene pésimos antecedentes crediticios y otra, porque sea feo, apuesto, gordo, flaco o esquimal. Lo proscrito, es cercenar derechos fundamentales por razones de edad, invalidez, etnia, género, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, credo, orientación sexual. La anterior enumeración, es progresiva. Quiere decir que, puede ampliarse, jamás contraerse.

«¿Quiénes impulsarían tal tipo de sanciones? ¿Autómatas de medio pelo o seres humanos? Inconcebible.» 

 EE UU, es signatario de numerosos Tratados Internacionales en materia de derechos como los mencionados. Además, en ese mismo ámbito, rigen, la Constitución Nacional, la Ley de Derecho Civil (Civil Right Act), un largo rosario de leyes Federales y estatales, la jurisprudencia, incluidas las de la Corte Suprema y de tribunales ordinarios, normativa administrativa, así como usos bancarios, siempre que no sean contrarios al orden público. Es, perfectamente, legítimo que cualquier banco, de EE UU o de cualquier país, les suspenda, algunos servicios a aquellos clientes, que los usen de manera “inconsistente”. Lo que ni un banco, ni nadie puede, ni debe, es castigar o limitarle sus derechos a determinada persona por la conducta ajena o por el solo hecho de pertenecer a determinado grupo, en este caso por tener el mismo país de residencia. Las sanciones, penales, administrativas, contractuales, además, no pueden ir más allá de la esfera del infractor. Tal es, otro principio universal. Por las conductas de, “A”, “B” o “C”, no pueden castigarse, hijos, esposas, amigos, vecinos, quintas, sextas o más personas por mucho que todos compartan algún rasgo en común. En caso específico que comentamos, equivaldría, a que a todo residente en Venezuela no es inocente salvo prueba en contrario, sino lo inverso: Todo quien resida en mi país se presumiría culpable de usar de manera “inconsistente” la plataforma, Zelle sin posibilidad de prueba en contrario. Absurdo. 


Hay mecanismos, más eficaces, menos gravosos para colmar la “diligencia debida” a cargo de toda institución financiera.   

            En otro párrafo de la referida comunicación, el Banco les habría expresado a los destinatarios que: “No podemos comentar sobre situaciones de clientes específicos debido a la confidencialidad y la privacidad del cliente”. A un ahorrista no le atañe, ni para bien, ni para mal el comportamiento otro ahorrista. Res inter alios acta. Pero si usted, señor Banco, le reduce sus servicios fundado en pretendidas “inconsistencias”, está obligado a especificarle al respectivo ahorrista o cuentacorrientista, hora, fecha, lugar y circunstancias de sus errores. Abstenerse socapa que no le puede revelar las falencias de otros clientes del banco. Dejar las pretendidas “inconsistencias”, en el limbo con tal pretexto, podría traducirse en quebrantamientos de garantías inalienables adicionales (derechos a la defensa, a ser oído, a ser informado de los actos que se le imputen). 

            Ver para, creer que banco alguno, en EE UU, ni en lugar civilizado, imponga medidas punitivas, indiscriminadas, colectivas, contra toda persona, por el “delito de lesa banca” de residir en Venezuela. Doy por descontado que hubo algún error, alguna mala interpretación. Proceder como ese, además de las posibles contravenciones citadas, agregaría injustos agobios a la crisis humanitaria que atraviesa mi amada Venezuela ¿Quiénes impulsarían tal tipo de sanciones? ¿Autómatas de medio pelo o seres humanos? Inconcebible.  Hay mecanismos, más eficaces, menos gravosos para colmar la “diligencia debida” a cargo de toda institución financiera.          

@omarestacio

EL AUTOR es
presidente emérito de la Federación de Colegios
de Abogados de Venezuela y vicedano
del Colegio de Periodistas
de Cuba, en el exilio.