El pronunciamiento militar de Maduro, por boca de Padrino, es un acto de fuerza que forma parte del Golpe de Estado continuado y agravado contra el Presidente Legítimo de la República, Juan Guaidó, investido expresamente como tal por la Constitución y reconocido por la comunidad internacional
Jesús Antonio Petit Da Costa
La ratificación del general Vladimir Padrino López como ministro de Defensa usurpador indica que el discurso que pronunció el día anterior, con el respaldo del Alto Mando Militar expresado con aplausos, es, en materia político-militar, la doctrina oficial de la narcotiranía títere de Cuba, presidida por el títere usurpador Maduro. Padrino es el vocero militar de Maduro. Y su discurso es un desafío de Maduro, por boca de Padrino, que debemos enfrentar.
La FANB, como la han expresado ellos clara y categóricamente, es una fuerza armada políticamente militante, que está al servicio de una persona (del usurpador Maduro, títere de Cuba) y de una parcialidad política (PSUV, franquicia del Partido Comunista de Cuba). En consecuencia, la FANB es una fuerza armada irregular que está fuera de la ley por ser inconstitucional.
Al mismo tiempo, el pronunciamiento militar de Maduro por boca de Padrino es un acto de fuerza que forma parte del Golpe de Estado continuado y agravado contra el Presidente Legítimo de la República, Juan Guaidó, investido expresamente como tal por la Constitución y reconocido por la comunidad internacional, al cual se le desconoce e impide ejercer efectivamente el mando por no tener la militancia política exigida por los militares insurrectos.
Por consiguiente, el Encargado de la Presidencia de la República, en su condición de Presidente Legítimo, debe responder decretando la disolución de la FANB, por inconstitucional y golpista, y simultáneamente restableciendo la FAN, que es la prevista en la Constitución, haciéndolo como una proclamación para que el mundo entero se entere. No importa que el decreto de disolución no tenga ejecución inmediata. Lo que importa es que: 1) Ante el mundo entero, y a los fines del Plan Venezuela, quede en evidencia que la FANB es una fuerza armada irregular por inconstitucional, que impide por las armas el ejercicio de la soberanía popular, además de la nacional, al imponer que sólo los comunistas títeres de Cuba pueden acceder al poder político; y, 2) Que desde el momento en que se la decrete, la disolución de la FANB se convierta en bandera del contragolpe constitucional que restablecerá la vigencia efectiva de la Constitución cumpliendo lo ordenado por ella en el artículo 333.
Y con esta bandera en la mano se proceda a organizar las Fuerzas Constitucionales así: 1) Restableciendo la FAN constitucional, que es la prevista en la Constitución, tarea urgente a cumplir por los militares exiliados, integrándola con los presos políticos militares y con los militares que participen activamente en el contragolpe constitucional; y, 2) Organizando al pueblo como Ejército Civil Constitucional, en defensa de la Constitución y de la soberanía nacional y la popular, violados y ultrajados por la narcotiranía títere de Cuba y por la FANB, fuerza armada políticamente militante a su servicio.
¿Cómo se organiza el Ejército Civil Constitucional? Repetidas veces he dicho: tomando de ejemplo la resistencia francesa de los años 40, que fue decisiva en la liberación de Francia, y la resistencia venezolana de los años 50 que fue determinante en el derrocamiento de la anterior tiranía en 1958.
petitdacosta@gmail.com 08-07-20