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La peligrosidad Natera #Crónicas #OmarEstacio

El SEBIN, armado hasta los dientes, se hace presente en la morada del editor, David Natera Febres ¿Misión? Allanamiento, sin anestesia.

Omar Estacio Z.

12/10/20. Puerto Ordaz, estado Bolívar. El comisario, César Sánchez, al mando de pelotón del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, SEBIN, armado hasta los dientes, se hace presente en la morada del editor, David Natera Febres ¿Misión? Allanamiento, sin anestesia.

Durante el cateo, inconstitucional, ilegal, procaz, impiden el acceso de abogados o personas de confianza del allanado. Al demonio, con la ley, los códigos y con esa butifarra jurídica que lleva el remoquete de Constitución Bolivariana, que ni siquiera fue escrita por venezolanos, sino por un par de mercenarios españoles.

Tres horas y media, después, concluye el ultraje domiciliario, pero antes de irse, se llevan ¡preso, carrizo! a Natera Febres. Una vez en las instalaciones del SEBIN, le muestran fotografías de sus dos hijos y nuera. “Los tenemos chequeados”. Inútil la pretendida intimidación, el detenido les salió, enhiesto y respondón. Entrada la noche, lo regresan a casa.

A lo largo y ancho, del país, ese 12 de octubre, allanaron cinco viviendas de familias, adicionales, involucradas con el fementido “crimen”: La de los padres de, Romer Rubio Flores, sector La Rotaria, Maracaibo, estado Zulia; la de Gabriel Gallo, urbanización Villa de la Rioja, San Felipe, Yaracuy; las de, Arghemar Pérez, Freddy Orlando y Jonathan López Montiel, ubicadas en Caracas.

Aunque todas las requisas se practicaron, por igual, con brutalidad, sin orden judicial y sin participación del Ministerio Público -salvo el caso de, López Montiel, que contó con la complicidad, perdón, con el visto bueno de la Fiscalía General- el único encarcelado, fue Natera Febres.

¿Cuáles, habrán sido sus crímenes, porque es hombre de extrema peligrosidad para los jefes de los sicarios?

Perpetrar, por ejemplo, el delito de lesa RoboLución, de informar por “Correo del Caroní”, pelos y señales, las aventuras y “travesuras” de cierto exdesgobernador, narcogordiflón, narcoepulón, flatulento, familiares, hijos, yernos, pandilla, Primero y Segundo de a bordo de la RoboLución, incluidos, porque comer sin reconocerles derecho de guisar a los dos últimos, puede ser nocivo para la salud ¿A, US $ 1.500 millardos sumó el saqueo a las empresas de CVG? Quizás  más y eso, en una sola “sentada”. O por ir tras la noticia, hoy como ayer, de las andanzas de las mafias, árabes, chinas, criollitas, en Guayana.

Sin embargo, la “felonía” por la que reprimieron, el lunes pasado, no fue por llamar, al pan, pan por “El Correo”.

“La pena no puede trascender la persona del penado”. Eso reza el principio universal. Pero El Quijote ya lo tenía dicho: “El hombre es hijo de sus obras”. Más reciente, nuestro Andrés Eloy, nos cantó “No cobrar en el hijo, las cuentas del padre”, o viceversa. Quiere decir, que cada cual responde, por sus propios actos, no por las acciones u omisiones de un tercero por muy familiar o entrañable que sea. Sin embargo, la narcorroboLución, no se para, ni en normas universales, de la lírica, la caballería andante, ni de la urbanidad y buenas costumbres.

Vengar en el hijo, el odio al padre. O cebar en la mujer, el rencor al marido, al hermano, al pariente no importa, grado de afinidad o consanguinidad. No es la primera vez, ni será la última, que lo hacen. Hasta que los echemos como se merecen.

Por cuanto, Guaidó, designó a David Natera Bilancieri, el hijo, junto a los demás allanados, miembros del Consejo Nacional de Defensa Judicial y por cuanto todos los designados, se encuentran en el extranjero cumpliendo funciones inherentes a tales cargos, se llevaron preso, a David Natera Febres, el padre. Culpable, su ADN. Les basta y sobra.

Miserables que son estos narcorrobolucionarios.

@omarestacio

El autor es abogado, acreditado ante Colegio correspondiente de Caracas y ante la Barra, también correspondiente, de Florida, EE. UU., como consultor en derecho venezolano. Con el presente artículo no pretende emitir dictamen jurídico, sino opinar, con libertad, como cualquier ciudadano. El cronista, bajo ninguna circunstancia, aceptará patrocinar profesionalmente, ningún caso relacionado con la materia tratada en este artículo.

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