El abogado especializado señala que mediante el argumento populista, de que nadie se podía apropiar del conocimiento por la vía de los hechos, se paralizó la concesión de patentes. “Esa suspensión terminó teniendo un gran beneficiario, en forma ilícita, al no haber patente, a la industria de medicamentos genéricos”, indica
Enrique Meléndez
El abogado Castor González Escobar señala en entrevista con La Razón que la ausencia de seguridad jurídica, la cual califica como una gran debilidad institucional, además de la escasa protección de la innovación por la vía de la propiedad intelectual, es un elemento que limita o inhibe las posibilidades de inversión extranjera en Venezuela. Indica que esto se suma a otra gran cantidad de factores tales como debilidad política, burocracia ineficiente y corrupción.
González Escobar es abogado especialista en derecho de propiedad intelectual y es presidente del Centro Popular de Formación Ciudadana.
– ¿Cómo está la situación de las marcas, con motivo de la pandemia de Covid-19?
– Las marcas forman parte de lo que se denomina la propiedad intelectual, conjuntamente con el derecho de autor, con el derecho sobre las patentes invenciones, y lo que constituye lo que es el ecosistema de innovación y de protección a las creaciones del intelecto.
– Las marcas, al igual que muchos aspectos de nuestra cotidianidad, se han visto impactadas y afectadas con el tema de la pandemia. Tanto acá en Venezuela que, por supuesto, no es una excepción, como también en el exterior. Todo lo que es el sistema de protección efectiva al mundo de las marcas.
– Para el caso venezolano en particular, y que es el que nos ocupa, a propósito del tema que abordamos en este momento, no podemos visualizar lo que es el mundo de la protección a las marcas durante la pandemia, sin entender también como veníamos. Nosotros veníamos antes de la pandemia, antes del mes de marzo del año 2020 de un sistema de protección a los derechos de propiedad intelectual, totalmente, desmantelado a lo largo de dos décadas con administraciones pésimas y con administraciones con intereses oscuros, en lo que se denomina la protección a ese sagrado derecho de los creadores.
– Que está además regulado y protegido a nivel constitucional, por cierto, y por una cantidad numerosa de tratados internacionales, de los cuales Venezuela forma parte. Porque se trata de un sistema que venía en un proceso de desmantelamiento absoluto, al punto de haber quedado desmontado, igualmente en el caso de las invenciones.
– En Venezuela no se venía concediendo patentes de invención desde hace unos diez años, aproximadamente, no se concedía el derecho a ningún inventor ni local ni extranjera sobre sus invenciones y, digamos, en materia de marcas se tenía un sistema más o menos normal de otorgamiento de las protecciones a las marcas, que se solicitaban o que se tramitaban. Pero que, a fin de cuentas, quedaba desmontado el sistema, cuando tú solicitabas una marca y eras objeto o sujeto de una oposición por parte de un tercero, y allí quedaba o queda ese proceso durmiendo el sueño de los justos.
– También te encontrabas, que si por casualidad o por algún motivo fundado o no fundado la administración te negaba tus derechos sobre una marca, te negaba tu solicitud de registro bancario, entonces terminabas cayendo en la lamentable situación, de que un recurso o una apelación administrativa también terminaba el sueño de los justos, sin decisión por años y hasta por décadas.
– ¿Qué se alegaba para esa negación?
– Recuerda que ya tenemos 22 años de un gobierno, que se dice socialista, que se ha llegado a proclamar incluso comunista y la verdad es que lo que tenemos es un gobierno, absolutamente, populista, un gobierno que ha tenido el control del poder Ejecutivo, que es de corte, absolutamente, populista, que ha vivido durante estas dos décadas de absoluta mentira.
– Entre esas mentiras terminó cayendo justamente en el tema de la propiedad intelectual y el responsable de montar esa gran mentira, en torno a la propiedad intelectual fue, en algún momento, un director que hubo en el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) el lamentablemente recordado Eduardo Samán. Después, en algún momento, estuvo al frente de Indepabis y que resultó ser un tipo sumamente opresor, en especial, de los comercios, injustamente. Bueno, porque esa era su mentalidad: armar circos.
– Con respecto a las invenciones; pese a tener Venezuela un sistema legal que protege y reconoce las invenciones; pese, además, de ser Venezuela parte de los convenios internacionales, que reconocen lo que son las invenciones, pese a que está consagrado a nivel constitucional la protección a las invenciones, este señor Samán se aprovechó de una circunstancia que fue la salida de la Comunidad Andina de Naciones. Allí nosotros estábamos sujetos a la legislación, donde quedamos en una suerte de limbo legislativo, y aprovechó esa circunstancia, bajo el argumento populista, de que nadie se podía apropiar del conocimiento por la vía de los hechos, de modo que no se conseguían patentes.
– Bajo ese argumento populista se paralizó la concesión de patentes en Venezuela. En realidad, lo que terminó pasando en la práctica es que esa suspensión por la vía de los hechos, terminó teniendo un gran beneficiario, en forma ilícita, al no haber patente, como es la industria de los medicamentos genéricos. Esa es la verdad, una industria que terminó entonces favoreciéndose en gran medida de aquellos medicamentos, que no deberían haber estado disponibles para su producción, gracias a que en Venezuela sencillamente no hay patentes.
– Eso por supuesto, que frenó las inversiones en Venezuela. ¿No le parece?
– Sí, yo creo que la paralización de la inversión extranjera no la puedes apreciar aisladamente, como con un solo elemento, a que da lugar a que haya esa inhibición. Definitivamente, la ausencia de estado de derecho y de seguridad jurídica, en general, en Venezuela es un factor determinante para inhibir las inversiones. Y en esa ausencia de seguridad jurídica, la limitada protección a los derechos de propiedad intelectual ha sido un elemento importante.
– Porque cuando un inversionista, y esto, particularmente, me consta, porque así se estructura esa toma de decisiones; en cualquiera que sea el país toma algún interés de negocio en alguna jurisdicción; en este caso, por ejemplo, en Venezuela, lo primero que hacen es que sus abogados de origen, pongamos que esa empresa es francesa, lo primero que hacen sus accionistas es consultar con los abogados franceses.
– Esos abogados franceses, a su vez, lo primero que hacen es consultar con los abogados locales, y enviarles una batería de preguntas, para determinar cuáles son las condiciones de protección legal a esa inversiones, eventualmente, procedentes de Francia. Entonces, estudian toda una cantidad de cuestiones, y sabemos que en Venezuela, a propósito del estado de derecho, la seguridad jurídica, precisamente, no es del todo una fortaleza, para decirlo en forma elegante, sino más bien todo lo contrario.
– Se trata de una gran debilidad, sumado a otra gran cantidad de factores: debilidad política, burocracia ineficiente, de corrupción. Pero entre todos estos factores, definitivamente, la ausencia de seguridad jurídica, y, en ese sentido, la escasa protección de la innovación por la vía de la propiedad intelectual es un elemento que limita o inhibe las posibilidades de inversión extranjera en Venezuela.
– Entonces, aterrizando nuevamente en tu pregunta inicial: qué pasó durante la pandemia con motivo del tema de los derechos de propiedad intelectual. Bueno, casualmente, a comienzos del año 2020 ingresó una nueva jefatura en el servicio autónomo de la propiedad intelectual.
– Un equipo que a lo largo de estos meses de pandemia ha venido marcando una diferencia de estilo gerencial, con respecto a lo que venía ocurriendo en el SAPI, como era un atropello constante al estado de derecho; legislando a través de los denominados avisos oficiales, es decir, venían, prácticamente, construyendo legislación de naturaleza administrativa a través de avisos oficiales, lo cual era, absolutamente, írrito e ilegal.
– En efecto, uno debe reconocer, cuando te hablo de este cambio de rumbo; en lo que es la herencia del SAPI, que una de sus primeras acciones muy importantes fue la de revocar o anular la vigencia de una cantidad de avisos oficiales administrativos que eran ilegales.
– Debe reconocerse además que, mientras otras muchas actividades de la administración pública permanecieron paralizadas por largos meses, en el SAPI se hizo un esfuerzo importante por reactivar las vías de acceso al servicio virtualmente, y eso ocurrió con esta nueva administración.
– A diferencia, por ejemplo, de las notarías o de los registros públicos, que estuvieron largos meses, sin operaciones; pues era imposible notariar un documento; era imposible registrar una compañía; era imposible registrar la venta de un inmueble durante muchos meses o, inclusive, los tribunales también totalmente paralizados.
– Sin embargo, el tema del registro de la propiedad industrial se activó de una manera rápida, virtualmente. Ellos activaron una cantidad de protocolos, una cantidad de sistemas, mediante los cuales fue posible proceder a lo que es el trámite de registro de marcas en el SAPI.
– Ahora, lo cortés no quita lo valiente. Uno debe reconocer las cosas, que se hacen bien, como lo acabamos de hacer. Pero también hay que poner el acento en el hecho de admitir que el camino es largo y falta mucho por hacer, porque hay cosas que también se están haciendo mal. Hay caminos para hacer las cosas bien. Una de las cosas, que debe resaltarse; con lo cual yo no estoy de acuerdo profesionalmente; como por ejemplo, el hecho de que el SAPI por la vía de una aviso oficial proclamó lo que es la aplicación directa en Venezuela de un acuerdo internacional; que es el denominado Acuerdo de los Derechos de la Propiedad Intelectual, relacionados con el comercio.
– Ese, por ejemplo, se trata de un acuerdo de la batería de acuerdos; que se firmaron con la Organización Mundial del Comercio. Pero que en su espíritu es un acuerdo que suscribió Venezuela; que ratificó Venezuela, y que en su espíritu es un acuerdo de naturaleza programática. Es decir, te establece una serie de obligaciones que tú, como país, debes incorporar a tu legislación, y hay maneras de hacerlo a través de las vías legislativas, a través de reglamentos, que dicta el propio poder Ejecutivo.
– En todos los años de vigencia que tiene desde el año 1996, y su entrada en vigor a partir del año 2000, no ha habido la voluntad política suficiente, para poder regular este asunto. La hubo cuando formamos partes de la CAN. Pero habiendo salido nosotros de esta comunidad, no ha habido esa voluntad. Bueno, y entonces comienzan a darse estas acciones; que no tienen una buena explicación, que no tienen fundamento, y a eso me refiero, cuando digo que hay muchas cosas por hacer.
– Sobre todo, en materia de lo que es ponerse al día, es decir, aquí no se ha resuelto un inmenso atraso; que hay en lo que es la resolución de oposiciones administrativas; que las oposiciones administrativas son un proceso fundamental, para garantizar la seguridad jurídica, que es la que me da derecho a mí como titular de una marca, que sería un derecho, a oponerme a ti que, por ejemplo, quieres registrar una marca, que se parece a la mía.
– Entonces, cuando hablo de que es un proceso fundamental para la seguridad jurídica, es que yo como titular, que presento una oposición, tal vez me siento feliz, porque paralicé tu proceso. Pero si tu marca no se parece lo suficientemente a la mía, tal vez tú tengas el derecho de registrarla, y no quedas entonces en el limbo por un año o por décadas, inclusive. De modo que cuando no tienes ese derecho, entonces hay ausencia de seguridad jurídica y, por sobre todas las cosas, a través del sistema de oposiciones dilatadas se va construyendo todo un entramado de abusos de derecho; todo un entramado de prácticas restrictivas de la libre competencia.