El emblemático Ministerio de Justicia está en manos de militares. Somos el único país del mundo donde el Ministro de Justicia no es civil y abogado
Jesús Antonio Petit Da Costa
1.- Llamamos contragolpe constitucional al ordenado por la Constitución (Artículo 333) para responder, rechazar y derrotar al Golpe de Estado dado por Maduro y su banda en forma de usurpación, no sólo de la Presidencia de la República sino de todos los poderes públicos.
2.- El contragolpe constitucional se justifica por su finalidad: restablecer la vigencia efectiva de la Constitución suspendida por el acto de fuerza que es la usurpación, por lo cual su ejecución obliga a la remoción de todos los implicados en el mismo, sean sus autores o cómplices por derivar de aquel acto de fuerza su autoridad de facto por inconstitucional.
3.- Ya dije que el primer paso del contragolpe constitucional deberá ser la purga de los golpistas y colaboracionistas que ejercen como altos funcionarios del Ejecutivo y diputados de la Asamblea Nacional ilegítima. Uso la palabra purga por corresponderse con el léxico social-comunista: Lenin hizo en la URSS la purga de los no-comunistas a partir del año 1917; Stalin hizo en la URSS la purga de los no-estalinistas en los años 30; Mao hizo en China la purga de los no-comunistas con el “Gran Salto Adelante” de los años 50 y luego de los no-maoístas con la Revolución Cultural a partir de los años 80; Castro hizo en Cuba la purga de los no-fidelistas a partir de 1959 y de los no-comunistas desde los años 70; Chávez hizo en Venezuela la purga de los no-chavistas en todos los Poderes y Empresas Públicos a partir de 1999, incluyendo a 20.000 profesionales y técnicos de PDVSA; y Maduro viene haciendo la purga de los no-colaboracionistas desde 2013. Entonces a los social-comunistas y sus socios colaboracionistas hay que aplicarles la purga correspondiente, su propia medicina patentada para que prueben a qué sabe. Pero además por una razón de Estado: la sanción a los golpistas para que sirva de escarmiento general y para la estabilidad de la República del Bienestar que se establecerá a continuación.
4.- Por los mismos motivos también deberá hacerse una purga en el Poder Judicial, porque ha sido el instrumento de Maduro para darle apariencia de legitimidad al Golpe de Estado y para la represión de los opositores a su narcotiranía implantando la Justicia del Terror.
5.- Por primera vez en la historia de Venezuela un tirano usa al Poder Judicial como instrumento para dar el Golpe de Estado y lo involucra directamente en la represión cruel e inhumana a los opositores. Gómez y Pérez Jiménez, así como los tiranos que los antecedieron, usaron a las fuerzas militares, no a los jueces, para sostenerse en el poder. Y para reprimir usaron a las fuerzas policiales, no a los jueces, muchos de los cuales fueron ratificados en sus cargos por los gobiernos siguientes porque no estuvieron comprometidos en la represión.
6.- La narcotiranía castro-comunista viene practicando en Venezuela una modalidad de Golpe de Estado, copiado de Cuba como lo hace todo Protectorado, un golpismo de dos alas: la militar (golpismo militar) que sostiene al tirano y su narcotiranía; y la judicial (golpismo judicial) cuya tarea es darle al tirano apariencia de legitimidad ante la comunidad internacional y apariencia de administración de justicia a la represión inhumana.
7.- Sin militares no puede haber Golpe de Estado. Son, pues, los militares la fuerza de choque, actuando como la clase dominante y poder real, que lo son efectivamente los 2.000 generales. La justicia se les subordina, pero no como simple acompañante, sino como instrumento subordinado al golpismo militar, encarnado en el tirano, su Comandante en Jefe. Evidencia esta subordinación que el emblemático Ministerio de Justicia está en manos de militares. Somos el único país del mundo donde el Ministro de Justicia no es civil y abogado. Cuando lo usual en América y Europa es que hasta el Ministro de Defensa sea un civil y no sólo el Ministro de Justicia.
8.- El contragolpe constitucional deberá iniciar un cambio radical en materia de justicia, comenzando porque el Ministro de Justicia sea por ley civil y abogado, y como tal encargado de que se ejecute la reforma judicial completa y profunda que comenzaría de inmediato con la purga de la Judicatura, forzosa y necesaria a causa del golpismo judicial.
petitdacosta@gmail.com