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ONU evaluará informe sobre derechos LGBTI en Venezuela

Activistas de los derechos de la comunidad Lgbti en Venezuela

La discriminación por orientación sexual y la identidad de género será expuesta ante el Comité de Derechos Humanos en Ginebra por un informe alterno de organizaciones civiles LGBTI del país


Mediante un informe alternativo sobre los derechos civiles y políticos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) en Venezuela se expondrá la situación de la comunidad sexodiversa para su evaluación ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

El examen al que se someterá el Estado venezolano, entre el 29 y 30 de junio, revisará el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El proceso comenzó hace semanas con la presentación de un informe oficial del rendimiento del Gobierno en estos aspectos y que será defendido por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, la próxima semana.

Sin embargo, este informe no dio información de los Derechos Humanos de la población Lgbti y solo refirió a las pocas acciones realizadas por la Defensoría del Pueblo. Por ello, la Red LGBTI de Venezuela ofrecerá información alterna sobre el reconocimiento y respeto de derechos de las personas independientemente de su preferencia sexual.

En la evaluación previa del informe estatal, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas expuso su preocupación y recomendó a Venezuela adoptar medidas legislativas contra discriminación por orientación sexual e identidad de género

Los derechos a la no discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género, las medidas para hacerlos efectivos y el acceso a recursos para su defensa estarán contemplados en el artículo 2 del informe de la Red LGBTI de Venezuela. Las situaciones de tortura, penas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias de personas LGTBI se expondrán en los artículos 7, 9 y 10.

El artículo 16 estará dedicado al derecho a la personalidad jurídica de las personas transexuales e intersex. El derecho a la libertad de expresión, la apología al odio nacional por homofobia y transfobia, y el derecho a la reunión pacífica de las personas LGBTI se contemplan en los apartados 19, 20 y 21, y el derecho a la protección de parejas y familias del mismo sexo en el 23.1.

El informe también presentará recomendaciones para que se inste al Estado venezolano a adoptar medidas que faciliten el ejercicio de los derechos civiles y políticos de las personas LGBTI en un ambiente de verdadera igualdad y equidad.