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Depurar para construir el nuevo Poder Judicial I Opinión I Jesús Petit Da Costa

El TSJ legítimo tendrá poder discrecional para la purga o depuración de los tribunales partícipes de la usurpación

Jesús Antonio Petit Da Costa

1.- La República del Bienestar, versión venezolana del exitoso Estado de Bienestar que rige en Europa Occidental desde hace 75 años, es el sistema político que proponemos  implantar en Venezuela cuando salgamos de Maduro y su narco-tiranía castro-comunista.

2.- Una de las bases de la República del Bienestar venezolana, a semejanza del exitoso Estado de Bienestar europeo, será el Estado De Derecho Democrático con el cual quedará garantizada la seguridad jurídica, esencial para que haya bienestar.

3.- Sólo hay seguridad jurídica, resultante del Estado de Derecho, cuando la justicia está despolitizada y los jueces, escogidos por sus credenciales de mérito, son independientes en el ejercicio de sus funciones y juzgan libres de temor, presiones y represalias por sus decisiones.

4.- La despolitización de la justicia, indispensable para enjuiciar a los poderosos política y económicamente, se iniciará con la PURGA o depuración del Poder Judicial que heredaremos de la narcotiranía que preside Maduro.

5.- La purga o depuración del Poder Judicial estará a cargo del Tribunal Supremo de Justicia actualmente en el exilio por ser la autoridad legítima, a la cual corresponde por tal motivo el ejercicio de las atribuciones constitucionales de dirección, gobierno y administración de dicho Poder.

6.- Con este fin el TSJ en el exilio será instalado solemnemente en la sede que le corresponde, sustituyendo al TSJ de la usurpación, ilegítimo por inconstitucional, que ha sido instrumento del Golpe de Estado dado por el usurpador, consistente en la usurpación misma.

7.- El TSJ legítimo tendrá poder discrecional para la purga o depuración de los tribunales partícipes de la usurpación y como tales reconocidos por el usurpador, del cual derivan la autoridad que ejercen con el concurso de la fuerza militar y policial al servicio de la usurpación.

8.- En razón de la naturaleza dictatorial del castro-comunismo (narcotiranía) no existe la carrera judicial, que nunca fue organizada, por cuyo motivo ningún funcionario judicial goza de estabilidad en el cargo, defecto formal que no puede ser subsanado por la imposibilidad de nombramiento legítimo derivado de la usurpación.

9.- No existiendo carrera judicial serán declarados vacantes todos los cargos judiciales, que se proveerán provisionalmente con interinos, hasta tanto se organice la carrera judicial.

10.- Mientras el TSJ legítimo efectúa la purga o depuración de los tribunales, el Ejecutivo adelantará una reforma judicial profunda y completa apropiada para insertar el Poder Judicial en la República del Bienestar, diseñando su estructura con vista a los modelos de Europa Occidental, especialmente de los países latinos donde existe el Estado de Bienestar: Italia, Francia, España y Portugal.

PS.- En la etapa de purga o depuración del Poder Judicial serán extraditados todos los solicitados por tribunales extranjeros, acusados de terrorismo, narcotráfico, lavado de dinero y corrupción en general. Se exigirá que, después de cumplida la pena en el extranjero, sean devueltos y entregados a la justicia venezolana que para entonces, ya depurada y reformada, estará en condiciones de juzgarlos por los delitos cometidos en Venezuela. Al respecto, existe el precedente: el caso del general Noriega quien, cumplida la pena en Estados Unidos, fue devuelto a Panamá para ser recluido en la cárcel mientras se le seguía juicio por los delitos cometidos en su país.

petitdacosta@gmail.com

EL AUTOR es abogado y magistrado jubilado. Profesor en la Universidad Central de Venezuela 1966-1996 en derecho mercantil y derecho laboral. Ex Procurador general de la República. Ex presidente de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

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