El tribunal Supremo de Justicia revalidó la sentencia dictada el 4 de abril al protestar en Maracay.
Marling Castro.-La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido por representantes de los ciudadanos Raúl Emilio Baduel Cafarelli y Alexander Tirado Lara, contra la sentencia dictada el 4 de abril de 2014 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, la cual queda definitivamente firme.
La decisión de la Corte de Apelaciones declaró inadmisible, por presunta falta de legitimidad, la acción de amparo interpuesta por la supuesta violación de derechos por parte del Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, al ordenar el traslado de ambos al Centro Penitenciario de Centroccidente, mejor conocido como Uribana.
Recordó la sentencia del Alto Juzgado que Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 133, numeral 3, establece que se declarará la inadmisibilidad de la demanda: «3. Cuando sea manifiesta la falta de legitimidad o representación que se atribuya el o la demandante, o de quien actúe en su nombre respectivamente». Según informó la página web de Últimas Noticias