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Piden al TSJ interpretar artículo sobre la elección de representantes indígenas

Oficialismo busca cambios en votación de diputados indígenas

La diputada del Psuv, Aloha Núñez, informó que los diputados indígenas son electos por toda la población y «no debería ser así», por eso la semana pasada llevaron un recurso a la Sala Constitucional del TSJ


Redacción La Razón

Para la diputada Aloha Núñez, representante del Psuv por el estado Zulia, la impugnación y desincorporación de los tres diputados de Amazonas del parlamento, según la decisión del TSJ, no deja a los indígenas sin representantes en la Asamblea Nacional (AN).

En una entrevista para Unión Radio la diputada aseguró que los pueblos indígenas de Venezuela cuentan aún con dos representantes en el parlamento, correspondientes a los diputados electos por el bloque Oriente y el Occidente.

Señaló que acatarán cualquier decisión que tome el TSJ con respecto a los parlamentarios de Amazonas y que si la medida es realizar de nuevo las elecciones en ese estado se prepararán para ese evento, e informó sobre un hecho que, de proceder, afectará directamente esa elección.

«Todos los representantes indígenas son electos por toda la población. No debería ser así porque la Constitución establece que deben ser electos los representantes indígenas según su uso y costumbre. Y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas también lo establece».

«Quizás no nos habíamos percatado de este gran detalle, o sí, pero no nos había afectado»

Por ello, la semana pasada llevaron al TSJ un recurso y solicitaron a la Sala Constitucional la interpretación del artículo 125 de la Constitución, «a fin de poder definir y se pueda corregir la Ley de Procesos Electorales y sean los pueblos y comunidades quienes realmente elijan a los representantes de los pueblos y comunidades indígenas»

Núñez además comentó que «quizás no nos habíamos percatado de este gran detalle, o sí, pero no nos había afectado porque en la mayoría de las elecciones pasadas se respetaban las decisiones de los pueblos y comunidades indígenas».

«Ahora, estos diputados ganaron pero cuando revisas los resultados electorales, en la mayoría de los centros de votación de las comunidades indígenas ellos no fueron los que ganaron, ganaron fueron los diputados chavistas y revolucionarios, porque está demás decir que la mayoría del pueblo indígena de Venezuela es revolucionaria», agregó la diputada.

El artículo 125 de la Constitución dice textualmente «Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley».