,

TSJ: Cesó la omisión inconstitucional de la Asamblea Nacional

TSJ declara fin de omisión inconstitucional de la AN

Sala Constitucional del TSJ emitió sentencia donde asegura que no existe actualmente impedimento alguno para que el presidente Nicolás Maduro acuda a la AN para presentar su Memoria y Cuenta 2015


Redacción La Razón

Este jueves la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunció sobre el recurso introducido por la Procuraduría General de la República, el 12 de enero, sobre la declaratoria de la omisión inconstitucional de la Asamblea Nacional para recibir el mensaje anual del Presidente de la República, al desacatar la medida de la sala Electoral.

La decisión explica que luego de recibir la solicitud, el día 13 de enero de 2016 la Junta Directiva de la Asamblea Nacional acató la orden impartida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y por lo tanto «esta Sala Constitucional estima que no existe actualmente impedimento alguno para que el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela (Poder Ejecutivo) proceda a dar cuenta ante el Poder Legislativo de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año 2015, tal como lo ordena el artículo 237 del Texto Fundamental. Así se decide».

En el punto cuatro de la decisión indica que «CESÓ la omisión inconstitucional por parte de la Asamblea Nacional».

El 12 de enero, cuando se dio a conocer la solicitud de la Procuraduría, se informó que el TSJ debía decidir el lugar, fecha y hora a la cual debía ir el Presidente a presentar su rendición de cuentas, y entre las opciones discutidas estuvo la sede del máximo ente de justicia.