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Derechos sin revés | Seguridad ciudadana y Derechos Humanos

La expresión seguridad ciudadana surgió en América Latina, durante las transiciones a la democracia para diferenciar la naturaleza de la seguridad en democracia frente a la seguridad en los regímenes autoritarios


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Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la seguridad ciudadana es entendida como esa situación ideal en la que las personas pueden vivir libres de las amenazas generadas por la violencia y el delito, y en la que el Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los derechos humanos.

La seguridad ciudadana, desde un enfoque de los derechos humanos, es aquella condición en la que es posible vivir libres de la violencia practicada por funcionarios del Estado o aquella que proviene de otras personas.

Desde esa perspectiva, no puede hablarse de seguridad ciudadana y limitar la estrategia a la lucha contra la delincuencia, sino que debe considerarse la concepción de una sociedad en la que prive, fundamentalmente, la convivencia pacífica de las personas.

Por ello, el concepto de seguridad implica poner mayor énfasis en el desarrollo de las labores de prevención y control de los factores que generan violencia e inseguridad, que en tareas meramente represivas o reactivas ante hechos ya consumados.

De allí que en el Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos de la CIDH (2009) se precise que el concepto de seguridad ciudadana es el más adecuado para el abordaje de los problemas de criminalidad y violencia desde una perspectiva de derechos humanos, en lugar de los conceptos de “seguridad pública”, “seguridad humana”, “seguridad interior” u “orden público”.

«Por primera vez en décadas, en los países de América Latina, la delincuencia ha desplazado al desempleo como la principal preocupación para la población»

Al hablar de seguridad ciudadana el enfoque sugiere la construcción de mayores niveles de ciudadanía democrática, con el ser humano como objetivo central de las políticas públicas. En efecto, la expresión seguridad ciudadana surgió en América Latina, durante las transiciones a la democracia para diferenciar la naturaleza de la seguridad en democracia frente a la seguridad en los regímenes autoritarios.

A pesar de esa concepción de origen, la seguridad ciudadana se ve amenazada cuando el Estado no cumple con su función de brindar protección ante el crimen y la violencia social, lo cual interrumpe la relación básica entre gobernantes y gobernados.

En efecto, los países de la región hoy presentan algunos de los índices de criminalidad más altos del mundo y los jóvenes figuran como el grupo más afectado como víctimas y victimarios.

Por primera vez en décadas, en los países de América Latina, la delincuencia ha desplazado al desempleo como la principal preocupación para la población.

En estos países el Poder Judicial, el ministerio público, las fuerzas de seguridad y el sistema penitenciario no han desarrollado las capacidades necesarias para responder eficazmente, mediante acciones de prevención y de represión legítimas, al crimen y la violencia.

En ese contexto, la CIDH señala su preocupación por las debilidades históricas en la creación de una institucionalidad en la región conducente a una adecuada gestión estatal en materia de seguridad.

«En un sentido amplio, la seguridad ciudadana también puede incorporar medidas de garantía de los derechos a la educación, la salud, la seguridad social y al trabajo»

Estas dificultades se aprecian, especialmente, en: la atención a las víctimas de la violencia y el delito;  la privatización de los servicios de seguridad; la gobernabilidad de la seguridad ciudadana; la profesionalización y modernización de las fuerzas policiales; y la intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad ciudadana..

De allí que la CIDH señale en su informe que la seguridad ciudadana debe ser concebida como una política pública, es decir con líneas de acción que definan las autoridades de los Estados para alcanzar un objetivo determinado, y que contribuyan a crear o a transformar las condiciones en que se desarrollan las actividades de los individuos o grupos que integran la sociedad.

Y una política pública no puede comprenderse cabalmente sin una referencia concreta a los derechos humanos.

Las políticas públicas tienen como objetivo hacer que estos derechos se concreten en los planos normativo y operativo, así como en las prácticas de las instituciones y los agentes estatales. Asimismo deben abordar las causas de la criminalidad y la violencia.

La perspectiva de los derechos humanos permite abordar la problemática de la criminalidad y la violencia y su impacto en la seguridad ciudadana mediante el fortalecimiento de la participación democrática y la implementación de políticas centradas en la protección de la persona humana, en lugar de aquellas que primordialmente buscan afianzar la seguridad del Estado o de determinado orden político.

Si bien el derecho internacional de los derechos humanos no define en forma expresa el derecho a la seguridad frente al delito o a la violencia interpersonal o social, cuya prevención y control es el objetivo de las políticas sobre seguridad ciudadana, los Estados se encuentran obligados por un plexo normativo que exige la garantía de derechos particularmente afectados por conductas violentas o delictivas: el derecho a la vida; el derecho a la integridad física; el derecho a la libertad personal; el derecho a las garantías procesales y el derecho al uso pacífico de los bienes.

Las obligaciones de los Estados miembros respecto a la seguridad ciudadana también comprometen el derecho a las garantías procesales y a la protección judicial; el derecho a la privacidad y a la protección de la honra y la dignidad; el derecho a la libertad de expresión; el derecho a la libertad de reunión y asociación; y el derecho a la participación en los asuntos de interés público.

En un sentido amplio, la seguridad ciudadana también puede incorporar medidas de garantía de los derechos a la educación, la salud, la seguridad social y al trabajo, entre otros.


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