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Gonzalo Himiob: “Se ha convertido al proceso penal en un castigo en sí mismo”

Las detenciones arbitrarias e irregulares se esparcen por Venezuela al mismo ritmo que las protestas. El abogado y director de la ONG Foro Penal, Gonzalo Himiob, afirma que esto es posible porque los tribunales avalan las irregularidades y frenan el control sobre los procedimientos


Mónica Duarte

Desde el 29 de agosto se han producido 163 detenciones arbitrarias en el país, sumando unos 2.389 arrestos irregulares desde enero hasta septiembre de 2016. Entre ellos destacan los seis detenidos por el cacerolazo al presidente Nicolás Maduro en Villa Rosa (Margarita) el viernes 2 de septiembre, 23 jóvenes arrestados luego de la marcha del 1 de septiembre y más de cinco retenciones a dirigentes del partido Voluntad Popular en las últimas dos semanas.

“La idea es neutralizar a la gente para que no siga protestando, generar una espiral de miedo para frenar las protestas porque así sea por algo falso te pueden llevar a un proceso penal”, afirma Gonzalo Himiob, abogado, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello y de la Universidad Central de Venezuela, fundador y director nacional de la ONG Foro Penal Venezolano. El problema mayor está en que “los tribunales avalan esta situación y no dejan que las personas controlen el desenvolvimiento correcto de los procedimientos”, indica.

Ante estas acciones, el Foro Penal, organización que presta defensa gratuita ante detenciones irregulares y políticas, ha mantenido un registro permanente que permite la denuncia y el reconocimiento ante instancias internacionales de las violaciones de derechos humanos que existen en el país, como lo hicieron en 2014 cuando la Organización de Naciones Unidas reconoció 320 detenciones arbitrarias en el marco de las protestas que se presentaron desde febrero de ese año.

“La cantidad  de presos políticos de Venezuela se ha elevado a 94 personas con las detenciones del último mes”, asegura Himiob. En estos casos, documentados desde el Foro Penal, se han violado todas las reglas mínimas internacionales y nacionales para el tratamiento de personas detenidas, explica el abogado. Los abusos van desde no permitir la comunicación con familiares hasta vulnerar el resguardo de su salud. “Todo esto ha violado incluso su trato digno como seres humanos”.

“Protestar no es delito, en consecuencia detenerte por protestar es una detención injustificada”

Nuevo comodín para perseguir y neutralizar

¿Cuándo podemos hablar de detenciones arbitrarias?

De acuerdo a la Constitución, a una persona solo se le puede detener en dos casos: cuando está en flagrante comisión de un delito o cuando se tiene una orden judicial emitida por un tribunal. En la gran mayoría de los casos que tenemos reportados, yo diría que en casi el 100% las personas no estaban cometiendo delito. Son detenciones que se producen por personas manifestando, quejándose o protestando contra cualquier expresión del Gobierno. Y protestar no es delito, en consecuencia detenerte por protestar es una detención injustificada. Al igual que las detenciones en el contexto de allanamientos sin orden judicial, desde 2014 para acá.

«no había méritos para detenerlos ni para presentarlos»

Cada vez que veas una detención por alguien estar ejecutando algo que no es delito o que, además, eso está permitido por la Constitución estamos hablando de una detención arbitraria. Y la prueba está, hablando de cifras recientes, que de 163 detenidos a 114 los liberan sin siquiera ponerlos a al orden la Fiscalía, esto quiere decir que no había méritos para detenerlos ni para presentarlos. Nosotros lo llamamos retenciones ilegales, pero de acuerdo a la doctrina internacional, los tratados suscritos y los principios de la ONU, estos son arrestos.

Hace un mes detuvieron a Gabriel San Miguel y Francisco Márquez, activistas de Voluntad Popular que iban a hacer campaña para el revocatorio, alegando que llevaban mucho dinero en efectivo y que eso era “legitimación de capitales” ¿Se puede detener a alguien simplemente por sospecha?

La detención de ellos hay que verla desde un contexto un poco más amplio. La actitud del Gobierno frente a Voluntad Popular, particularmente, es de una persecución muy consistente y continua. Ha quedado claro que en el caso de ese partido, desde Leopoldo López hacia abajo, hay una intención del Gobierno de neutralizar a Voluntad Popular como fuerza política. Nosotros pensamos que eso tiene que ver con el impacto que ha generado la detención de Leopoldo López, sobre todo a nivel internacional. Estos son definitivamente actos de persecución política, porque no se guían por la Constitución y las leyes, sino que están orientados por una intención del poder de neutralizar una fuerza política particular y definida.

Pero lo que pasa con estos muchachos, y es lo que pasa ahorita con Braulio Jatar, por ejemplo, es que hemos visto ahora como una nueva modalidad: como no le pueden atribuir ningún delito les atribuyen legitimación de capitales. Y lamentablemente, y de manera inconstitucional, en nuestra legislación, en la Ley contra la delincuencia organizada y financiación del terrorismo, se invierte la carga de la pena en este tipo de delito, es decir, te ponen a ti a probar que eres inocente cuando lo correcto sería que el Gobierno pruebe que tú eres culpable. Entonces, es muy fácil que a cualquiera lo agarren con una plata en la calle y digan que eso es legitimación de capitales. Por eso ahora este delito es el nuevo comodín para perseguir y neutralizar a factores de oposición o de disidencia.

¿Existen en estas detenciones patrones claros de cómo está procediendo la fuerza del Estado ante las protestas?

Los patrones básicamente son los mismos de 2014 y de situaciones anteriores. Lo primero es que se incomunica definitivamente a los detenidos. Siempre que se producen situaciones masivas es una misión casi imposible saber dónde están los detenidos, quiénes son y tener acceso a ellos, ni siquiera a los familiares se les permite que hablen, es algo violatorio de cualquier parámetro constitucional y legal. También se repite el hecho de que no existen pruebas en los expedientes que verdaderamente vinculen a la gente con la comisión de algún delito.

Como muestra, en el caso de los 23 detenidos de Caracas, cuando lees el acta policial -que es lo único que existe para vincular supuestamente la comisión de algún delito-, allí no aparece que se les incautó a los muchachos absolutamente nada. Lo que dice el acta básicamente es: “nosotros los vimos y como estaban con actitud sospechosa los detuvimos”. Entonces, allí les imputan resistencia a la autoridad pero ellos no pusieron residencia al arresto y ni siquiera se les dio una voz de alto que ellos desacataran.

En cuanto a las denuncias de pruebas sembradas, ¿cuáles son los procedimientos que se deben seguir para recabar las evidencias y qué es lo que se está haciendo en realidad?

«Los patriotas cooperantes son absolutamente imposibles de controlar por la defensa»

Esto lamentablemente también se ha convertido en una constante. No solo la siembra de evidencia, o la manipulación indebida de evidencias violando toda una serie de reglas que existen sobre la cadena de custodia, sino además el uso de los testimonios anónimos, los llamados patriotas cooperantes, que son absolutamente imposibles de controlar por la defensa porque tú no sabes quién está diciendo qué y por qué lo está diciendo.

¿Esta figura de los patriotas cooperantes se sigue usando?

En estas últimas detenciones no se han usado. Esa es la tercera parte, estas últimas detenciones son simplemente un acta policial. Es decir, el dicho del propio funcionario es lo que sirve para comenzar un proceso penal contra la gente, y eso incluso la Sala Constitucional de ahora ha dicho que es ilegal, que no se puede someter a alguien a un proceso solo por lo que diga un funcionario policial. Sin embargo, eso da pie a que se les abra un procedimiento y que se les mantenga bajo la lupa de una investigación penal por tiempo indefinido.  En muchos de los casos la intención no es la determinación de la verdad por la vía jurídica como dice el Código Orgánico Procesal Penal (Copp) sino que la intención es convertir al proceso penal en sí mismo en un castigo. Por eso es que duran tanto los procesos, pasan años y a las personas se les mantiene detenidas o restringidas de su libertad sin que termine el procedimiento, porque no interesa saber si son culpables o no de un delito, lo que interesa es convertir el procedimiento en un castigo en sí mismo, eso es una tergiversación de la finalidad de la justicia y una violación de los derechos humanos.

«lo que interesa es convertir el procedimiento en un castigo en sí mismo»

Ante este tipo de irregularidades y violación de procedimientos, ¿no hay nada que hacer?

Nosotros lo que hacemos es ejercer en instancia nacional todos los recursos que se puedan ejercer y luego denunciamos esto ante las instancias internacionales. Por ejemplo, el Foro Penal logró que, en el año 2015, más de 320 de las detenciones de febrero de 2014 en adelante fueran declaradas detenciones arbitrarias precisamente por ese tipo de violaciones, y lo declaró la ONU. Eso es lo que queda, dejar registro permanente de esta situación.

“Se ha querido inflar el número de presos políticos”

¿Foro Penal maneja la misma lista de presos políticos que la MUD?

No es la misma lista. Nosotros en esto hemos sido bien contundentes, sobre todo porque desde que se está tratando de involucrar al señor Rodríguez Zapatero y a los otros dos mediadores como supuestos factores del diálogo, hemos visto cómo desde algunos sectores de la MUD hay una intención de ampliar de manera artificial el número de presos políticos no sabemos con qué finalidad. En una de las últimas menciones de la MUD se hablaba de cerca de 200 presos políticos y eso, de acuerdo a los estándares internacionales, no es cierto. Esto desmerita el hecho de que hay personas que sí tienen que ser consideradas como presos políticos, pero tú no puedes meter en el mismo saco a todo el mundo.

No entendemos esa disposición de ampliar de manera técnicamente incorrecta el número de presos políticos que existen. Nosotros nos mantenemos con la cifra de 94 presos políticos según los estándares internacionales, porque no cualquier violación al debido proceso implica persecución por motivos políticos. Incluso la hemos contrastado con otras ONG que manejan el tema y difieren muy poco.

Cuando a finales de julio se dieron los anuncios de 28 liberaciones de presos políticos, Foro Penal emitió un comunicado para desmentir la información ¿Qué sucedió?

Allí hubo una intención de atribuirle a la mediación de Zapatero unos méritos que no tiene. Esos fueron 28 liberados en Yaracuy, personas que habían sido detenidas en el contexto de unos saqueos y unas protestas relativamente violentas que habían sido liberados a las pocas horas. Esas personas no calificaron nunca como presos ni detenidos políticos porque la investigación apunta a que estaban realizando actos irregulares. Sí fueron liberados pero eso no tiene absolutamente nada que ver ni con detenciones por motivos políticos ni con la intermediación de Rodríguez Zapatero. Nos pareció muy delicado, y por eso lanzamos el comunicado, que se dijera de buenas a primeras que 28 presos políticos habían sido liberados gracias a la mediación de Zapatero porque no era cierto. El número de presos políticos por el contrario ha venido aumentando desde hace un mes y medio para acá. Es decir, la gestión de Zapatero, si alguna influencia ha tenido en esto, ha sido negativa más que positiva.

«hubo una intención de atribuirle a la mediación de Zapatero unos méritos que no tiene»

¿Han sido incluidos o consultados de alguna forma en esta mediación que estuvo realizando Rodríguez Zapatero para la liberación de presos políticos?

Para nada, no hemos sido ni siquiera llamados a reportar la cifra que nosotros tenemos ni los casos que manejamos, pero no solo nosotros sino las ONG que tradicionalmente se han ocupado de estos temas, como Provea y Fundeci, ninguna ha sido llamada para discutir esto. Eso nos genera mucha suspicacia también, porque no entendemos cómo organizaciones que incluso tienen reconocimiento internacional en esta labor no son llamadas a plantear sus puntos de vista.

¿Durante su detención, a los presos políticos se les ha violado verdaderamente sus derechos humanos? ¿Cuáles?

Hay un conjunto de reglas que son las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos de la ONU y los principios para el tratamiento y protección de cualquier persona sometida a cualquier forma de arresto o prisión. Cuando se revisan esas normas, todas básicamente están siendo violadas, desde el derecho de las personas a resguardar y proteger su salud hasta el derecho a la defensa, el derecho de comunicación son sus familiares y abogados, el derecho a un debido proceso, a una justicia oportuna y eficaz.

Entre los casos de los muchachos detenidos en 2014, entre abril y junio, todos los que permanecen detenidos ya cumplieron dos años privados preventivamente de la libertad. De acuerdo al Copp, una prisión preventiva no puede durar más de dos años, después de ese tiempo ya caduca y hay que cambiar por una medida cautelar distinta porque si no están adelantando la sanción y los estás castigando anticipadamente. Nosotros hicimos ese planteamiento ante los tribunales y todos se negaron a otorgarles la libertad, esa es una violación gravísima al derecho a la libertad, del debido proceso e incluso al trato digno como seres humanos.

“Foro Penal no cobra un céntimo”

¿Cómo se financia Foro Penal? ¿Realizan algún tipo de cobro en los casos que llevan a instancias internacionales?

«Los aportes que recibe el Foro Penal son las horas de trabajo donadas de estos abogados privados»

No, el Foro Penal no cobra un céntimo a nadie para representarlo a nivel nacional ni internacional. De hecho, lo novedoso del Foro Penal es que está compuesto por abogados voluntarios que en paralelo tienen su práctica privada y sus casos propios. Los aportes que recibe el Foro Penal son las horas de trabajo donadas de estos abogados privados. Pasa también que los papás de un detenido se presentan con resmas de papel o con tintas para las impresoras, esas cosas las aceptamos, pero nunca recibimos dinero ni de personas de Venezuela ni de instituciones internacionales que estén interesadas en financiarnos.

Cuando hemos tenido noticias de que alguno de nuestros voluntarios ha pedido dinero por alguna representación que hace a nuestro nombre lo suspendemos y removemos inmediatamente de Foro Penal. Esa es una de las cosas que nos ha protegido de la persecución que nos tiene montado el Gobierno como ONG.

¿Algún miembro del Foro Penal ha sufrido persecución política?

Sí, ese es el caso de Marcelo Croatto, quien es un activista de Foro Penal Venezolano y fue detenido mientras cumplía sus funciones como abogado, al asistir a unas personas que estaban sufriendo un allanamiento. Ser abogado de una persona, independientemente de quien sea, no es un delito. Él fue privado de su libertad y ahora está bajo arresto domiciliario. Y así hay varios casos de impedir nuestro trabajo.

Han circulado informaciones de que desde el Foro Penal se ha defendido a banqueros que han realizado ilícitos en los manejos de fondos de los ahorristas ¿Es esto cierto? ¿Quiénes son esos banqueros?

Esto responde a esas prácticas paralelas. Yo fui uno de los abogados que representó a nivel internacional a Eligio Cedeño, quien era un preso político pero a nivel privado él me pidió que yo lo asesora en su caso internacional, eso no tiene nada de malo. También hay que entender que nuestra ONG está conformada básicamente por abogados penalistas, y de la misma manera que a un doctor no se le critica cuando le salva la vida a un delincuente, a un abogado penalista no se le puede reclamar cuando en el ejercicio lícito de su trabajo defiende a personas que quizás puedan no ser de la simpatía pública. Nuestro trabajo es defender a las personas por igual sin hacer distinciones. Yo tengo mis clientes privados, algunos son personas honestas y correctas y hay otros que no lo son tanto, mi trabajo es ver de qué manera puedo hacer que la ley prevalezca en cualquier caso que es traído a mi consideración, no es estar haciendo juicios de valor de mis clientes. Lo que sí puedo decir es que nosotros no mezclamos ambas cosas, los casos que lleva Foro Penal son de personas detenidas arbitrariamente.

Como abogado, ¿qué opina de la disputa de poderes entre la Asamblea Nacional y el TSJ, que ha frenado leyes como la de Amnistía, en la que participó el Foro Penal?

Creo que lo que está haciendo el Tribunal Supremo de Justicia va a pasar a la historia como una conducta manifiestamente vergonzosa de la intromisión de un Poder Público en las actividades de otro, sobretodo en esta última sentencia en la que no hace mención de las leyes que está dejando sin efecto ni las personas que afecta. Está más que claro que el TSJ ya no es una herramienta para el control de ciertas situaciones judiciales sino una herramienta política de control de la oposición.

“La idea es neutralizar a la gente para que no siga protestando”


El deber ser de los allanamientos

El abogado Gonzalo Himiob explica que los allanamientos están siendo usados para potenciar las detenciones ilegales.

“Son situaciones que se producen en caliente y en las cuales las personas tienen poca capacidad de reacción, pero sobre todo les cuesta mucho tener acceso a abogados que puedan estar presentes verificando que la situación se esté realizando como debería. Tú no puedes limitar la potestad de la autoridad para allanar una vivienda, pero sí le puedes pedir que se cumplan los términos que precisa la ley”, aclara, y detalla cuáles son las condiciones que estipula el artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), en estos casos:

  • Solamente se puede allanar, entrar o violar la privacidad de un domicilio cuando se está intentado impedir la comisión de un delito, cuando se está persiguiendo a un delincuente que ha sido capturado en flagrancia, o cuando hay una orden de allanamiento formalmente expedida por un tribunal.
  • Si se va a realizar una inspección a una vivienda tiene que haber unos testigos imparciales.
  • La persona que está siendo allanada tiene derecho a estar asistida por un abogado.
  • El dueño del domicilio tiene derecho a pedirle al fiscal y a los funcionarios que están ejecutando el allanamiento que esperen por la presencia del abogado para que éste verifique la legalidad de lo que se está haciendo.
  • La persona puede estar presente durante todo el procedimiento para verificar que no le sean sembradas o alteradas evidencias para ser utilizadas en su contra.
  • Si en una persecución entran a una casa para detener al sospechoso, el procedimiento debe limitarse a la aprehensión y no hacer un registro del lugar.