Las lesbianas, homosexuales, bisexuales, personas trans e intersex (comunidad Lgbti) no piden beneficios distintos, leyes particulares ni un matrimonio diferente. Exigen que les respeten y permitan gozar de los mismos derechos humanos de todo ciudadano de a pie
Patricia Marcano
Son hechos tan cotidianos que no son pocos los que se sorprenden y preguntan: “¿Y eso pasa?”; o comentan: “No, vale, yo no creo eso”. Pero sí ocurren. Ante la mirada pasiva del Estado y frente a la indiferencia del prejuicio que condena y los aparta del sistema.
Dos parejas del mismo sexo no pueden solicitar un crédito en conjunto, en un banco, para adquirir una vivienda; individualmente sí, incluso con un primo, pero con esa persona con la que vive desde hace 15 años y se quiere establecer, no.
“Mi expareja tenía un hijo y cuando lo inscribimos en el colegio nos pidieron llevar una autorización para que yo asistiera a las reuniones de padres y representantes si ella en algún momento no podía. Nos dijeron que no, que yo no podía porque legalmente yo no soy nada. En una ocasión solicité incluirla en mi póliza de seguro como mi pareja y no me dejaron porque no había documento que lo demostrara; podía incluirla como alguien dependiente de mí pero no acepté, porque de esa manera no iba a tener todos los beneficios de la cobertura. Son cosas tan sutiles que si no las vives, no las sabes”, comenta Quiteria Franco, coordinadora general de Unión Afirmativa de Venezuela.
Desde el año 2000 las lesbianas, gays, bisexuales, personas trans e intersex (Lgbti) han exigido a las autoridades venezolanas la aprobación de leyes contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, la penalización de los crímenes de odio por esas mismas causas, la legalización del matrimonio civil entre parejas del mismo sexo y el reconocimiento de la identidad de las personas trans (transexuales y transgéneros).
Exigencias que básicamente buscan el reconocimiento y respeto de derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos “porque no somos distintos, porque mis derechos como Lgbti no son diferentes a mis derechos como ciudadana, y la lucha es esa, ser considerados ciudadanos”, aclara Elena Hernáiz, presidenta de la Fundación Reflejos de Venezuela.
Por encima de toda ley
Para comprender la situación legal de esta comunidad, que según investigaciones de distintas organizaciones representa entre 10% y 20% de los venezolanos (cifras no oficiales hablan de 3 millones a 5 millones de personas Lgbti en el país), la abogada Tamara Adrián explica que los derechos humanos son universales, de interpretación progresiva y nunca regresiva; son derechos anteriores a las leyes, no los otorga una ley sino que se tienen por el solo hecho de ser humano.
“Los estados pueden restringir o negar derechos humanos a través de leyes segregacionistas, o por vía administrativa judicial, pero también pueden acompañarlos con leyes que instrumenten ese derecho. En el caso de la comunidad Lgbti, es la única población en Venezuela que no tiene iguales derechos ante la ley, porque las leyes no les reconocen los mismos derechos que sí les reconocen a otras personas. ¿Por qué pasa esto? Normalmente por prejuicios. El problema es cuando un prejuicio queda instrumentado en una ley”.
Adrián detalla que esa falta de igualdad ante la ley se traduce, en este caso, en la limitación o negación de cuatro derechos: a la protección contra la discriminación, los derechos de pareja, el reconocimiento de la identidad de las personas trans e intersexuales y el derecho a la protección contra la pobreza y otras causas de exclusión.
A su juicio, en lo único que se ha avanzado en el país es las legislaciones que frenan la discriminación, aunque si se comparan con otros países de la región, lo que se ha hecho “es incipiente”. Aún falta la protección legal contra la discriminación, la aplicación de sanciones en caso de bullying o, por ejemplo, la tipificación de la homofobia como un delito, como en otros países.
[quote_center]Artículo 44 del Código Civil Venezolano: El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer[/quote_center]
Rummie Quintero, presidenta de Divas de Venezuela, precisa que son seis las leyes que prohíben la discriminación por orientación sexual, identidad de género y expresión de género, entre ellas la de Ley de Regulación y Control de Arrendamiento de Viviendas, la Ley de Instituciones del Sector Bancario, la Ley del Trabajo y la Ley del Poder Popular, que en su artículo 4 “prevé la participación protagónica de la comunidad sexodiversa en cualquiera de los espacios de la vida cotidiana, y eso nos parece sumamente importante porque podemos seguir exigiendo la aprobación de varios temas aún pendientes, como el matrimonio civil igualitario, el reconocimiento de la identidad de género, el derecho a la adopción, a formar familia y a la seguridad social”.
Además asegura que el gobierno actual visibilizó a la población Lgbti, permitiéndoles “permear espacios hasta entonces negados y ser escuchados”.
Justamente sobre el matrimonio civil igualitario, Tamara Adrián, presidenta de Diverlex (Diversidad e Igualdad a través de la Ley), recuerda que a lo largo de la historia venezolana se han dado o negado derechos a las parejas dependiendo de prejuicios. Hasta 1882 los católicos eran los únicos que podían casarse, hasta 1982 las parejas no casadas carecían de derechos, y actualmente ocurre con las parejas del mismo sexo.
El 31 de enero de 2014 se introdujo un proyecto de ley de matrimonio igualitario ante la Asamblea Nacional, respaldado por 20 mil firmas de ciudadanos, y a pesar de que debió incluirse en la agenda legislativa por ser una propuesta llevada por el “poder popular”, apoyada por 47 organizaciones de la sociedad civil, no se ha incluido en ninguna sesión y mucho menos discutido por primera vez.
El proyecto plantea modificar el artículo 44 del Código Civil Venezolano, y sustituir las palabras hombre y mujer por personas. Actualmente dice lo siguiente: El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.
Mis derechos, tus derechos, nuestros derechos
Del matrimonio civil se desprende la posibilidad de formar una familia y un listado de derechos que actualmente les son negados a las lesbianas, homosexuales, bisexuales, personas trans e intersex.
El socorro mutuo, la posibilidad se seguirse por el mundo (cuando uno de los dos se va al extranjero a estudiar o trabajar, la pareja puede ir también), la prohibición mutua de declarar en contra, las visitas conyugales penitenciarias, derechos patrimoniales equitativos en caso de separaciones, acceso en conjunto a la seguridad social, la lealtad, derechos sucesorales tras la muerte de uno de los dos, la conformación de un hogar, protección contra la violencia intrafamiliar, el derecho a la adopción, créditos en conjunto para adquirir vivienda o un vehículo, deberes de manutención, patrias potestades, derecho a recibir una pensión de sobreviviente, entre otros, quedaron especificados en la exposición de motivos del proyecto de ley de matrimonio civil, del año pasado, como argumentos para el cambio.
“Tú tienes derecho a casarte, yo ni siquiera tengo derecho a decir que no me quiero casar. No podemos comprar una vivienda en nombre de las dos, yo no puedo protegerla a ella. No estamos buscando un matrimonio porque sí, estamos buscando los derechos. Es un problema de orden legal. Nuestra necesidad queda solucionada en buena parte con la legalización del matrimonio civil”, sentencia Elena Hernáiz, presidenta de Reflejos, junto a Ana Margarita Rojas, la vicepresidenta y su pareja desde hace más de 30 años,
Rojas, al igual que la presidenta de Divas de Venezuela, Rummie Quintero, recuerdan y denuncian que en el censo de 2011 se incluyó la pregunta “¿Usted vive en pareja?”, con la opción de decir si era homoparental (del mismo sexo). Así, el INE registró más de 6 mil parejas homoparentales, pero en el informe final del censo, presentado en 2014, no se incluyó ese dato, fue eliminado sin explicaciones.
“Son 6 mil familias, seguramente ya son más, que necesitan seguridad social. No es cualquier cosa. Por eso exigimos al INE que publique esa información”, señaló Quintero.
Los hijos de parejas del mismo sexo también son discriminados. “Además de ser costoso y difícil conseguir a un médico que quiera hacerles una inseminación artificial a parejas lesbianas, no son pocas las que terminan registrando a su niño con un solo apellido, una de ellas como madre soltera. ¿Te parece eso justo? Le están negando un derecho no solo a ellas como madres sino también al niño”, advierte Quiteria Franco, también coordinadora de la Red LGBTI Venezuela.
Si quieres contactar al autor de esta historia escribe a patricia@larazon.net
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