, ,

Abogado Edwin Sambrano: La AN de 2015 es la legítima y no ha cesado en funciones

Sambrano señala que el gobierno de Nicolás Maduro es un régimen de facto que se ha dedicado al desmantelamiento del sistema institucional y constitucional del país. “En el caso del Presidente de la República no hubo un proceso legal en el año 2018, en cuanto a los comicios, que debieron celebrarse”, señaló

Enrique Meléndez

El abogado Edwin Sambrano, considera que Juan Guaidó debe rendir cuentas sobre la administración de algunos bienes del país, aunque indica que tampoco es verdad que sean 10 mil millones de dólares como asegura el gobierno.

“Tampoco es cierto que dispone libremente de eso como presupuesto del presidente de la República. Son algunos bienes, que están bajo su potestad, pero, a su vez, colocados fuera del país, y que están sometidos a regímenes administrativos y de funcionamiento económico delicado y complejo”, dice el también miembro de la dirección regional del Frente Amplio del estado Bolívar.

¿Cómo vio usted el proceso de la Consulta Popular del pasado mes de diciembre?

– Eso fue un acto de gran significación, y muy positivo para el pueblo venezolano, y para la lucha por la recuperación de la vigencia plena de la Constitución en el sistema político democrático. Porque, además, el pueblo rechazó la maniobra del régimen de facto, que pretendía legitimarse y desprestigiar a la oposición, el liderazgo de la oposición, las propuestas de cambio de la oposición; mientras hay un temor, un desaliento en la gran mayoría de la oposición, de manera de consolidar su tiranía consular.

“La Consulta vino a ser un acto de rebeldía, una expresión masiva, colectiva de la población venezolana, tanto dentro, como fuera del país, por vía on line como presencial, para rechazar los planes de consolidación y legitimación del régimen de facto”.

Tenemos una crisis jurídico-institucional, y que se ve proyectada en el hecho de que hay dos Asambleas Nacional ¿Cuál de ellas, a su juicio, tiene legalidad y legitimidad?

– Hay una crisis política en el país, producida por el intento, que realiza el régimen de facto de Nicolás Maduro, el PSUV y su coalición, aliados, de una liquidación por partes continuadas y progresivas de la institucionalidad en el país, así como del sistema político constitucional. A partir de diciembre de 2015 se inicia un proceso de anular ese sistema, establecido en la Constitución.

“Un sistema de controles, de equilibrio; independencia de poderes, de lapsos para la renovación de esos poderes, libertad de formación de partidos políticos; un sistema electoral justo, libre y transparente. Todo ese sistema político institucional empieza a ser desmontado desde el mes de diciembre de 2015 por parte del gobierno de Nicolás Maduro y por parte de todo su aparataje político con sus aliados internos y sus aliados internacionales”.

“Eso se va a ir intensificando durante todo el 2016 y en adelante, hasta nuestros días: se trata de un desmontaje del régimen constitucional, sobre todo, en lo político. Es una crisis real. Ahora, esa crisis produce, a su vez, una especie de esquizofrenia y dislocación del funcionamiento institucional; por ejemplo, la AN en el sistema de poderes de Venezuela es un órgano contralor; que emite leyes y, en consecuencia, ejerce una primacía en la dirección del proceso social, económico y político, y el Ejecutivo es el ejecutor de esa dirección”.

“Eso está establecido así en la Constitución venezolana de 1999, incluso, donde se disminuye el presidencialismo, establecido en la Constitución de 1961 y le da más fuerza, más poder, al parlamento nacional. Sin embargo, con estas medidas de desequilibrio de la institucionalidad y del régimen político, democrático en el país, el gobierno de Nicolás Maduro introduce entonces esta crisis institucional y, por lo tanto, también una crisis jurídica”.

“Desde el punto de vista de la doctrina constitucional democrática consideramos que los órganos legítimos, son aquellos que tienen un origen legítimo. Ese origen legítimo está fundado, no solamente por el poder, que lo produce, por la fuente, sino además por los requisitos, establecidos, para que se produzca el nombramiento de ese órgano. Ninguna autoridad usurpada es válida, y todo acto que realiza una autoridad usurpada es nulo”.

“Eso lo establece el artículo 113 de la Constitución actual, y que rige, por ejemplo, para el caso de la AN. Rige también para el caso del pretendido Nicolás Maduro; quien está ocupando la presidencia, pero no tiene la titularidad jurídico-constitucional de la Presidencia de la República, porque fue nombrado en un proceso electoral viciado. Carece de los requisitos sustanciales, para ser un proceso válido, habiéndolo adelantado ocho meses antes de la fecha que estaba prevista, con violación del conjunto de normas del sistema electoral venezolano. En consecuencia, no es legítimo”.

“De la misma manera, la AN no es legítima, porque la que ellos nombran se trata de una AN espuria. Incluso, se les puede llamar ‘los espurios’; porque no son legítimos, son una falsa identidad; usurpan en impostura una condición, que ellos no tienen; porque para que puedan tenerlo, tiene que haber un proceso electoral, libre, justo y transparente. Eso implica todo un sistema de controles, todo un sistema de postulaciones para el voto, toda una serie de garantías, para que no hayan desequilibrios; que no haya ventajismos”.

“Lo cual, por cierto, fue denunciado por los que participaron en esas elecciones; los disidentes del gobierno, que estaban allí. También lo denunció Reinaldo Quijada del UPT89, lo denunció también la gente del MAS y el otro señor de Alianza Progresista. O sea, se ha denunciado la irregularidad existente en ese proceso electoral”.

¿Usted cree que la única AN válida es la que fue electa en el 2015?

– En efecto, fíjate tú que los países de la Unión Europea, el Grupo de Lima, EEUU y Canadá, todos han manifestado la inconstitucionalidad e ilegalidad de esa elección del 6 de diciembre de 2020, y es eso lo que la Consulta cobra una importancia histórica. Porque permite que el pueblo se pueda expresar; no a través de una encuesta; que puede ser pagada, con cualquier empresa encuestadora; que puede tener o virtudes o fallas; no, a través de un acto de participación directa de parte de la ciudadanía.

– Fíjate tú que se trató de un acto, que reunía los elementos de veracidad y de control técnico, para que no se efectuara una doble votación o sufragios falsos en el proceso, y así ocurrió: cerca de 7 millones de personas se manifestaron. Si hubiera sido, por ejemplo, un proceso falso; totalmente, falso, bueno, entonces se ponen 9 millones o 10 millones.

¿Cómo ve usted el gobierno interino, luego del 5 de enero?

– Al gobierno interino lo veo estable; porque el régimen de facto no se ha atrevido a disolverlo, no se ha atrevido a detener a Juan Guaidó y a llevar a cabo otras acciones. Sigue teniendo agresiones, pero tratando de hacerla con sumo cuidado. De modo que el régimen de facto le otorga cierta legitimidad a ese gobierno interino de Juan Guaidó.

¿Qué fundamento constitucional tiene ese intinerato?

– El artículo 233 regula los vacíos de constitucionalidad en la Presidencia de la República. Por vía de su aplicación establece que, en la consecución de la titularidad, quien la asume, al presentarse un vacío, es el presidente de la Asamblea Nacional. De modo que a partir de 2019, cuando no existió un proceso electoral legítimo, para elegir presidente, no existía su figura ya electa, pues hasta el 10 de enero de 2019 estaba Nicolás Maduro, pero al no haber un presidente electo, asume Juan Guaidó.

¿Cuál es la condición constitucional para que Juan Guaidó adopte esa función?

– La condición es que no haya un titular legítimo en la Presidencia de la República, y que en un mes se realicen unas elecciones, para suplir el cargo primer magistrado. Resulta que no se realiza ese proceso comicial, porque el régimen facto lo impide. No tenemos los ciudadanos las condiciones materiales, para realizar una elección presidencial.

“El CNE está copado y es un apéndice del Ejecutivo, ya en ese momento usurpado por parte de Nicolás Maduro; en consecuencia, no se realiza ese proceso electoral. Entonces, Juan Guaidó continúa en la presidencia. Se produce un efecto de continuidad en el ejercicio de la titularidad suplente, para que se lleve a cabo la elección. De modo que constitucionalmente, dentro del esquema de la doctrina constitucional e institucional del país, el régimen de poderes públicos y la suplencia de las funciones públicas, Juan Guaidó sigue teniendo esa titularidad; mientras no sea cambiado como presidente de la Asamblea Nacional, él ostenta esa titularidad”.

“En segundo lugar, creo que ha recibido legitimidad de parte del régimen de facto, porque no lo ha disuelto y porque, además, ha sido reconocido por 60 países en el mundo. Por ahí salieron los corifeos del régimen a decir que la Unión Europea no reconoció a Guaidó y le restó importancia, incluso, medios internacionales también incurrieron en ese error. Resulta que la Comunidad Económica Europea está compuesta por dos organismos fundamentales; por una parte, el parlamento europeo; por otra parte, la comisión europea”.

“El parlamento llevó a cabo una aclaratoria, justamente, porque había ese rumor, y expresamente reconoce a Juan Guaidó como presidente interino y ahora, esta semana, la comisión declara también en reconocimiento, no solo a la AN electa en el 2015, sino también a Juan Guaidó como presidente interino”.

“En ese sentido, hay una continuidad de las funciones constitucionales, porque son funciones que no se pueden interrumpir, y esa pretendida interrupción; que declara el régimen de facto, y que algunos diputados de la oposición y algunos elementos minoritarios de la oposición coinciden con el régimen, no es tal. En efecto, la AN electa el 6 de diciembre de 2015, debió haber cesado, como dice el régimen, si era sustituida legalmente, pero al no serlo, legítimamente, entonces tiene una continuidad en sus funciones constitucionales”.

“Distinto es el caso del presidente de la República. Porque en su caso no hubo un proceso legal en el año 2018, en cuanto a los comicios, que debieron celebrarse, pero hay una disposición en el artículo 233; que en la línea de sucesión se encuentra el presidente de la AN. Entonces, ese sí cesa, porque hay una norma expresa; que así lo establece, pero en el caso de la AN no hay norma expresa que, en el caso en que no haya elecciones, que haya una vacante, entonces vendrá otra AN así”.

– No hay esa previsión constitucional para el caso de la AN. Pero sí lo hay para el caso del presidente de la República. Por eso es que la AN electa en el 2015 continúa en sus funciones, legítimamente, y el presidente Juan Guaidó continúa también como presidente interino, en virtud de que no ha podido materialmente realizar la elección de un nuevo jefe de Estado.

Han tenido repercusión las declaraciones de Julio Borges, quien le exige a Guaidó que aclare las cuentas, sobre todo, del manejo administrativo de los activos del Estado en el exterior ¿Qué piensa usted?

– Yo pienso que Guaidó está atendiendo una función sumamente compleja. Llena de desafíos y de retos muy riesgosos, además de mucha complejidad, que ameritan que él se conduzca como un presidente encargado de la República. En consecuencia, que rinda cuentas de toda su actuación. Por supuesto, estamos en una situación de facto, de excepción; porque a Juan Guaidó se le han desmantelado cuatro equipos de trabajo; mediante la represión, la tortura, la persecución. Hicieron preso a su jefe Gabinete, al señor Roberto Marero; después volvieron a desmantelar a otro grupo y así sucesivamente.

“Hay cerca de 30 diputados, que están siendo perseguidos, a través de los medios policiales y medios militares. Se trata de una situación de excepción, y la cual debe llevarnos a los venezolanos a la mayor cooperación con Juan Guaidó. Pero eso no significa que Juan Guaidó no rinda cuentas en el ejercicio de sus funciones, desde el punto de vista administrativo. Porque está administrando algunos bienes muy pocos, por cierto, y no es verdad que son 10 mil millones de dólares, como dicen los voceros del régimen”.

“Tampoco es cierto que dispone libremente de eso como presupuesto del presidente de la República. Son algunos bienes, que están bajo su potestad; pero, a su vez, son bienes que están colocados fuera del país, y que están sometidos a regímenes administrativos y de funcionamiento económico muy delicado y muy complejo. Por ejemplo, en el caso de Crystallex, el régimen de facto cometió un grave error, al expropiar a esta empresa, que para el momento de tomar el régimen esta medida, arrastraba miles de problemas. ¡Ellos estaban felices con esta expropiación!

“Eso fue un regalo que el régimen de facto le hizo a Crystallex, porque esa fue una expropiación ilegal, inconstitucional; lo que lleva a esta firma demandar internacionalmente al Estado venezolano, y la que gana el fallo del tribunal internacional. Pero no fue Guaidó culpa de Guaidó esta situación; sino culpa de Chávez y de Maduro que no hicieron lo que tenían que hacer”.

“Entonces, lo que ha hecho Guaidó y el gobierno interino es tratar de evitar que se produzca una ejecución forzosa, que sea más penosa y más perjudicial para el país”.