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En la primaria: reclutamiento y organización del ejército civil para el contragolpe constitucional

Sorpresa mayúscula para Maduro y los colaboracionistas fue que María Corina primero y Andrés Velásquez después, decidieran participar en la primaria.

Jesús Antonio Petit Da Costa

Retomo el tema donde lo dejé el 23-05-23:

1.- Estamos en la situación prevista en el Artículo  333 de la Constitución: Tiranía de Maduro establecida mediante usurpación de la Presidencia de la República, un acto de fuerza o Golpe de Estado que mantiene suspendida la vigencia de la Constitución.

2.- La Asamblea Nacional presidida por Jorge Rodríguez e integrada por castro-comunistas y colaboracionistas se deriva de la usurpación o Golpe de Estado de Maduro, siendo por consiguiente una asamblea golpista y sus miembros usurpadores de la función legislativa.

3.- El CNE nombrado por los golpistas que usurpan la función legislativa es, como consecuencia de ello, igualmente golpista y sus miembros usurpadores de la función electoral.

Siendo así, no hay posibilidad alguna de salir de la Tiranía de Maduro por la vía electoral, porque sin Constitución no puede haber órgano legítimo que organice y dirija elecciones y, en consecuencia, no puede haber elecciones libres y justas

4.- Estando, pues, en esta situación, (Golpe de Estado que ha roto la institucionalidad constitucional) que es el supuesto de hecho del Artículo 333 de la Constitución, la única salida es la consecuencia jurídica ordenada en el mismo artículo: el contragolpe constitucional, acción de fuerza en respuesta al Golpe de Estado de Maduro.

5.- Para dar el contragolpe constitucional hay que aprovechar todas las circunstancias que se presenten y es lícito usar todas las formas de lucha.

Una de las circunstancias que se pueden aprovechar es la que se presenta cuando la tiranía, siguiendo el modelo de simulación seguido por todas desde el siglo XIX, monta la farsa electoral por el supuesto vencimiento del período presidencial. Digo supuesto porque la tiranía no está sometida a períodos preclusivos al ser nula por inconstitucional. Así desde el mismo momento en que se ejecuta la usurpación o Golpe de Estado no hay que esperar lapso o período alguno para el contragolpe constitucional que tenga por consecuencia el   cese de la usurpación. Todos los días son hábiles.

6.- ¿Cómo aprovechar la convocatoria de una elección presidencial por simulación de vencimiento de período? Invocando lo sucedido en la anterior tiranía (1948-1958). He dicho que debemos aprovechar la campaña electoral para activar el contragolpe constitucional reclutando, organizando y sobre todo motivando al pueblo como ejército civil del contragolpe constitucional para ejecutarlo en el momento decisivo.

7.- Maduro había planeado que en esta oportunidad se repitiera lo que antes se había hecho: una farsa electoral con un colaboracionista como supuesto candidato de oposición que le sirva de comparsa. Dicha farsa electoral no sería perturbada por la oposición verdadera ya que la misma se abstendría.

El plan se le trastornó cuando la verdadera oposición obligó a celebrar una elección primaria para escoger el candidato único de oposición.

Así la primaria se convierte, para la oposición, en la primera vuelta de la elección presidencial.

8.- Sorpresa mayúscula para Maduro y los colaboracionistas fue que María Corina primero y Andrés Velásquez después decidieran participar en la primaria, transformando esta etapa en un deslinde entre la verdadera oposición y los colaboracionistas, quienes han sido sólo comparsa electoral pagada por Maduro.   

9.- La gestación del contragolpe constitucional consta ahora de dos etapas. En la primaria se recluta y organiza el ejército civil. En la segunda se lo moviliza para el logro del objetivo final: restablecimiento de la vigencia efectiva de la Constitución, que comienza por el cese de la usurpación general de todos los poderes públicos.

Es como lo veo yo y aconsejo hacerlo.

petitdacosta@gmail.com

EL AUTOR es abogado y magistrado jubilado. Profesor en la Universidad Central de Venezuela 1966-1996 en derecho mercantil y derecho laboral. Ex Procurador general de la República. Ex presidente de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

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