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REGRESAN LOS “PRECIOS JUSTOS”

El resurgir del control de precios anunciado por el régimen de Nicolás Maduro el viernes ha desatado reacciones. Especialistas y empresarios sostienen que tanto el control de precios como la intervención de empresas supuso un retroceso en la economía, producirá escasez y un nuevo surgimiento del bachaqueo.

Agencia EFE

El régimen de Maduro comenzaró a supervisar las ventas de tres empresas, e intervendrá una cuarta por al menos 180 días, a las que acusa de especular con los precios que ahora estarán bajo el control del Ejecutivo: una espada de Damocles para los comerciantes.

Alimentos Polar, la empresa más grande del sector en Venezuela e integrante del conglomerado Empresas Polar, es una de las afectadas. El Gobierno la ha sometido un control de precios, una medida sin precedentes en una compañía de ese tamaño que el grupo ha calificado como arbitraria.

El mismo destino tienen Plumrose, dedicada a los embutidos, y un matadero de Turmero, en el céntrico estado Aragua. La cuarta empresa es Coposa, dedicada al sector oleaginoso y sobre la que recae una intervención que ya está en marcha y que se prolongará por 180 días con posibilidad de prórroga.

Todo ello se ampara en la Ley de Precios Justos, aprobada en 2015, pero ¿por qué se había relajado su aplicación, qué regula y qué consecuencias tangibles puede tener sobre las empresas?

1.- La ley

La Ley Orgánica de Precios Justos entró en vigor en noviembre de 2015 y se creó bajo el paraguas de una ley habilitante, algo que da el poder al presidente, en este caso, Nicolás Maduro, de gobernar por decreto en un momento en que la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) aún estaba compuesta por una mayoría chavista.

Según explica el abogado Leonardo Palacios a Efe, «su formación es anticonstitucional» ya que «no hubo consulta obligatoria con los sectores productivos y deja abierta la actuación de la administración sin límite».

LEONAROD PALACIOS, abogado sostiene que este instrumento es inconstitucional desde su formación

2.- ¿Qué regula?

La aplicación de la ley abarca el precio de máximo de venta de los productos, el margen de beneficios que se puede obtener por la venta de bienes o servicios -20 % para importadores y 30 % para productores nacionales- el marcaje físico del precio de los productos, así como el sistema para determinar los precios de esos bienes o servicios.

Por ejemplo, penaliza los productos remarcados con aumento de precio, no poner visibles los carteles administrativos exigidos por la ley o no exhibir los bienes que se tengan disponibles.

El incumplimiento lleva sanciones que van desde multas a penas de prisión de hasta quince años, además de la ya intervención en la empresa.

El presidente de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (Fedecámaras), Ricardo Cussano, detalla que esta es una ley que «de entrada es punitiva, que declara que la culpabilidad se presume y debes demostrar tu inocencia».

RICARDO CUSANNO sostiene que que esta medida es punitiva de entrada

3.- Procedimiento «anómalo»

El abogado Palacios explica que, habitualmente, las sanciones y medidas que toma la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), entidad dependiente del Ministerio de Comercio, son «vías de hecho», es decir, que se toman sin un debido procedimiento: son «anómalas, violatorias del Estado de Derecho».

El procedimiento debería contemplar una primera visita a la empresa con una autorización para la inspección; después puede que el intendente encargado visite las instalaciones, revise y pida distintos documentos.

«Puede ser desde el libro de cuentas, el acta de fundación de la empresa, las facturas de importación, factura de adquisición, documentos de relación con otras empresas internacionales, listados de clientes o proveedores, estudios económicos», detalla Palacios, quien asegura que muchas veces parte de esos documentos ya los tiene la Administración Pública en su poder.

Después de revisar y estudiar el caso, se deberían anunciar las sanciones y la empresa tendría derecho a reclamar y que se revisara el caso.

«Hay procedimientos que son largos, otros expeditos porque violan la actuación del derecho del contribuyente», señala Palacios.

4.- ¿Cuándo intervienen una empresa?

Tanto si la medida es el control de los precios como la intervención, los intendentes de la Sundde llegan a la empresa y conviven con el resto de los trabajadores habituales de la misma.

En el tiempo que dure la sanción, estos fiscales acuden a la empresa para regular precios, comprobar procedimientos y envíos. Además, pueden solicitar cuanto documento y procedimiento requieran.

En el caso de la intervención, la medida es más fuerte y supone la toma de control de la empresa por parte de la Sundde.

5.- Regulación de precios e inflación

Los gobiernos chavistas hicieron de la alimentación una de sus banderas y entre las medidas que tomaron desde que ganaron las primeras elecciones en 1999 está la de regular los precios de productos de la cesta básica como azúcar, leche, harina de maíz o papel higiénico.

En un país donde la inflación ha sido constante, y se ha visto envuelta en una espiral de hiperinflación desde noviembre de 2017, los precios de estos productos se quedaban anclados.

6.- ¿Por qué ahora?

Aunque la ley estaba vigente, desde finales de 2018 hasta este mes se habían relajado las medidas y controles en los precios.

Cussano señala que el cambio vino determinado por los apagones nacionales que, desde marzo de 2019, sufrió toda Venezuela y que dejaron al país a oscuras o con intervalos de electricidad durante varias semanas.

«No había puntos de venta (datáfonos), el que tenía posibilidad usaba el dólar para comprar o cobrar sin importar que lo sancionaran», explica Cussano.

El dólar y su uso estaba hasta ese momento penalizado en Venezuela -y teóricamente sigue estándolo-, un país con control de cambio desde 2003.

La fuerza de las «aguas vivas de la economía» impulsó, a juicio de Cussano, que el Gobierno permitiera el uso del dólar y relajó las medidas de la Ley de Precios.

«La ley seguía estando viva pero la conveniencia política y la realidad de la gente obligaba a no aplicarla», apunta.

7.- Una medida efectista

Todas las fuentes consultadas por Efe explican que en este momento el Gobierno retomó la ley como una «medida efectista» ante el agravamiento de la situación económica de los venezolanos debido a la cuarentena por el COVID-19, que se ha sumado a la escasez de combustible y la devaluación del bolívar.

«El primer impacto es una parálisis de actividad en las áreas de economía alimentarias, precisamente las que están agrediendo ahora», explica a Efe la economista Tamra Herrera.

8.- ¿Qué ocurrió en ocasiones anteriores?

Cussano, Palacios y Herrera concuerdan que en ocasiones anteriores, tanto el control de precios como la intervención de empresas supuso un retroceso en la economía, produjo escasez y un surgimiento del bachaqueo, la reventa ilegal de productos.

Por eso, consideran que ahora esta medida supone de nuevo una espada de Damocles que pende sobre las cabezas de los comerciantes. EFE