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¿Por qué es imperativo y urgente el contragolpe constitucional? II #Opinión #JesúsPetitDaCosta

Maduro hizo elegir fraudulentamente a una nueva AN ilegítima en una farsa electoral

Jesús Antonio Petit Da Costa

He explicado cómo se ha desarrollado el proceso político-constitucional de Golpe de Estado Continuado que el 05-01-21 desembocará en el vacío institucional absoluto, el cual obliga al Contragolpe Constitucional con la finalidad de restablecer la vigencia efectiva de la Constitución que tendrá en este caso los efectos de Refundación de la República, que es lo planteado por nosotros. Paso a desglosar el caso de cada institución o poder público. Comenzaré con la AN.

Ya sabemos que el 05-01-16 se instaló la AN electa en el diciembre anterior. Era de oposición el 75 %, por lo menos, teniendo por tanto la mayoría calificada exigida por la Constitución para designar al Poder Judicial (TSJ), Poder Ciudadano y al Poder Electoral

¿Qué hizo Maduro? Lo característico del castro-comunismo chavista que lo diferencia de todas las anteriores tiranías: usar a los tribunales para el trabajo sucio. Gómez y Pérez Jiménez no usaron a los jueces, sino a los policías. Estos de ahora degradan a los magistrados al rol que aquéllos reservaban a los esbirros.

Quedó así anulada la AN como poder público. No pudo sancionar leyes, incluyendo la ley por la cual se creó hace siglos el Parlamento: la Ley de Presupuesto»

Apenas conocido el resultado electoral adverso el castro-comunismo chavista nombró el 23-12-15 a los magistrados del TSJ que serían sus instrumentos para el Golpe de Estado contra la AN, el cual se ejecutó al día siguiente de su instalación (06-01-16).

Se la declaró en desacato, una aberración jurídica que quedará en la Historia del Derecho Venezolano equiparada a la jurisprudencia nazi. Quedó así anulada la AN como poder público. No pudo sancionar leyes, incluyendo la ley por la cual se creó hace siglos el Parlamento: la Ley de Presupuesto. No pudo revisar las cuentas de los ministros, quienes no se dignaron presentárselas. No pudo interpelarlos. No pudo dar votos de censura.

Y Maduro no se consideró obligado a presentarle su Mensaje Anual. Ni mucho menos aceptó investigaciones. El TSJ fue, pues, el instrumento usado por Maduro, entonces Presidente, para la modalidad de Golpe  de Estado que la doctrina política llama autogolpe por ser el dado por el Presidente de la República, solo o coludido, contra el poder público que le hace contrapeso, anulándolo o disolviéndolo.

Nada hicieron para dar cumplimiento al Artículo 333 que les ordenaba organizar y ejecutar el Contragolpe Constitucional»

Fue en fecha 23-10-16 cuando la AN reaccionó, por fin, declarando que el entonces Presidente Maduro, coludido con el TSJ, le había dado un Golpe de Estado. Y fue entonces cuando dirigió exhortación a los militares para restablecer la vigencia de la Constitución. El silencio de respuesta demostró que el Golpe de Estado contaba con el apoyo de la FANB, o sea, un acto de fuerza.

Viendo esto los diputados no pasaron de allí. Nada hicieron para dar cumplimiento al Artículo 333 que les ordenaba organizar y ejecutar el Contragolpe Constitucional, sobre todo ellos que eran los más obligados por la investidura que tenían y por ser las víctimas directas del atentado. Y lo peor de todo: no asumieron el liderazgo de las protestas de 2017 para convertirlas en el Contragolpe Constitucional. Por no haberlo hecho sufrirán la consecuencia.

Viendo su actitud, Maduro continuó la ejecución de su Golpe de Estado que de continuado se ha hecho permanente de este modo:

Lo que no hicieron los diputados en 2017 viene a pasarles factura. El modo de pagarla es aprovechar el vacío institucional»

1.- El coludido TSJ asumió las funciones de la AN incurriendo en usurpación flagrante.

2.- Posteriormente, las asumió la Constituyente, convocada por Maduro con este objeto en evidente fraude constitucional, incurriendo ella a su vez también en usurpación de las funciones propias de un poder constituido.

3.- Hizo elegir fraudulentamente a una nueva AN ilegítima en una farsa electoral desconocida por el pueblo venezolano y por la comunidad internacional.

Tenemos, pues, que el 05-01-21 terminará el período del único poder legítimo que hay actualmente en Venezuela. Se ejecutará así un paso más del Golpe de Estado de Maduro, que por continuo se ha hecho permanente.

De este modo, lo que no hicieron los diputados en 2017 viene a pasarles factura. El modo de pagarla es aprovechar el vacío institucional absoluto para dar el Contragolpe Constitucional. 

Continuará …

petitdacosta@gmail.com

EL AUTOR es abogado y magistrado jubilado. Profesor en la Universidad Central de Venezuela 1966-1996 en derecho mercantil y derecho laboral. Exprocurador general de la República. Expresidente de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela

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